La resolución de la Contraloría responde a una presentación que cuestionaba la legitimidad de que el Mandatario utilizara el palacio como vivienda permanente y la realización de misas y cultos en el recinto. Sin embargo, el ente fiscalizador fue tajante al señalar que La Moneda no es solo una oficina, sino un Monumento Histórico con una función residencial documentada desde hace décadas.
Religión y Estado Laico
Uno de los puntos más debatidos era la presencia de actividades religiosas. El dictamen aclara que, si bien Chile es un Estado laico, esto no es un impedimento para la existencia de las tres capellanías (católica, evangélica y judía) que operan en el templo del palacio.
Estas instancias están coordinadas por la Oficina Nacional de Asuntos Religiosos (Onar).
Su funcionamiento responde a la garantía constitucional de libertad religiosa.
Exigencia de protocolos y resguardo patrimonial
Pese a dar el visto bueno a la actual administración, la Contraloría subrayó dos advertencias importantes:
Intervenciones físicas: Queda estrictamente prohibido realizar reparaciones o remodelaciones en el palacio sin la autorización previa del Consejo de Monumentos Nacionales.
Nueva normativa: Se ordenó a la Dirección Administrativa de la Presidencia, junto a Bienes Nacionales, elaborar un reglamento moderno que regule el uso de La Moneda y el Palacio Cerro Castillo en Viña del Mar, asegurando la eficiencia y la probidad en el gasto público asociado a estas residencias.