Muchos
(as) interpretarán esta nueva Ley como un avance en la protección de
los trabajadores (as) de nuestro país, pero la dura realidad es que esta
ley lo único que genera es beneficios para las compañías de seguro (las
mismas que ofrecen rentas vitalicias y ahorro previsional voluntario en
el sistema de estafa piramidal de las AFP`s). Se trata de la Ley de
Retorno Seguro al Trabajo -que comenzó a regir esta semana- y que
contempla tres pilares para lograr su objetivo mientras esté vigente la
alerta sanitaria en el país. El primero establece la obligación del
empleador de ofrecer trabajo a distancia o teletrabajo a las personas de
alto riesgo de salud o que cumpla labores de cuidados de menores,
adultos mayores o personas con discapacidad. El segundo mandata que las
licencias médicas por Covid-19 -de cualquier naturaleza- sean pagadas
desde el primer día, independiente del tiempo por el cual se otorgue el
reposo médico. Como tercer eje, la ley estableció un “Seguro Individual
Obligatorio de Salud asociado al Covid-19” en favor de los trabajadores
del sector privado con contratos sujetos al Código del Trabajo y que
estén desarrollando sus labores de manera presencial, total o parcial.
Este seguro, con cargo al empleador, es una nueva exigencia para las
empresas, independiente de su tamaño. El valor de la póliza anual por
trabajador será de hasta 0,42 UF más IVA anual por cada trabajador.
Tras
la publicación de la ley que obliga a las empresas a contratar un
seguro Covid-19 a los trabajadores en modo presencial, las aseguradoras
han acelerado el tranco para su implementación y participar de esta
nueva oportunidad de negocio. El miércoles, la Asociación de
Aseguradores de Chile (AACH) hizo el primer trámite al enviar la póliza
del seguro a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) para su
revisión, la que debe ser aprobada antes de poder emitirse el producto.
Para ello, el organismo regulador tiene cinco días hábiles para realizar
alguna objeción o aceptarla. Una vez que ocurra eso, las compañías
podrán comercializarlo. ¿Qué cubre el seguro?… Funcionará para los
trabajadores del sector privado con contratos sujetos al Código del
Trabajo y que estén desarrollando sus labores de manera presencial, ya
sea de forma total o parcial, bajo personas jurídicas o naturales.
En
mi opinión esta nueva Ley tiene dos grandes problemas, de los cuales
por supuesto ningún parlamentario reparó, y constituyen una bofetada a
miles de trabajadores del sector público y a las micro y pequeñas
empresas. El primer gran problema de esta Ley es que deja sin cobertura a
los funcionarios públicos (el Estado como siempre el peor empleador), y
la segunda es la forma de aplicación del seguro, ya que sin importar el
tamaño de la empresa, el valor será fijo por trabajador, sin siquiera
darle respiro a las micro y pequeñas empresas, las que una vez más pagan
el costo de esta pandemia. Como siempre, y con la ayuda de los
diputados (as) y senadores (as), la clase trabajadora y los mipymes
serán perjudicados (as)