Tras un juicio realizado la semana pasada, ayer se dictó una sentencia absolutoria en el Tribunal Oral en lo Penal de Punta Arenas a un conductor que fue acusado por un atropello sin prestar la ayuda necesaria. Sin embargo, los jueces no acogieron dicha imputación.
De acuerdo a lo que expuso la defensa, se logró probar que el acusado tenía una necesidad porque llevaba de urgencia a su polola embarazada al hospital, por eso iba a una velocidad no prudente ni razonable y al intentar pasar la línea de la calzada tratando de alcanzar a pasar antes del cambio de luz, y se produce el atropello, comete un segundo error: no se detiene inmediatamente. Por esta situación de emergencia y al producirse este hecho su pareja entra en una crisis nerviosa solicitándole que la lleve al hospital, y luego de dejarla y tomarse unos minutos para calmarla, vuelve al lugar donde habían ocurrido los hechos con el propósito de dar la ayuda posible, dando cuenta de lo que había ocurrido a la autoridad. Así lo indicó el abogado defensor Guillermo Ibacache: “Esta es una figura nueva de la ley, y nosotros tenemos el convencimiento basado en fallos dictados en todo Chile. Al ser una nueva ley recién están apareciendo las decisiones de los tribunales. Este es un caso que mi representado tiene que evadir tres obligaciones cuando se produce este accidente. La primera de las razones de detener su marcha y explicamos por qué no lo hizo. Luego tiene que prestar ayuda como segundo requisito y finalmente el tercer requisito de no dar cuenta del accidente a la autoridad es que el que nosotros decimos que se cumplió. Es decir no se cumplió con los dos primeros, pero si con el tercero, y la ley exige para sancionar esta conducta como delictual es que la persona no cumpla con ninguno de estos tres casos. Mi representado volvió a dar cuenta del accidente pero ya estaban los Carabineros, el SAMU y como se dice volvió para entregarse. No es el caso en que una persona huye y es detenido después, acá volvió antes de que se realice cualquier investigación”.
Ibacache agregó que “acá el problema de esta figura delictual no es tanto la sanción penal propiamente tal, sino la accesoria que es la inhabilitación perpetua absoluta para conducir vehículos de tracción mecánica. Acá la persona no estaba ebria que es la figura más potente y en esos casos establece una sanción de dos años de suspensión, pero en estos casos la ley establece una pena gravísima. En este caso que mi cliente es una persona discapacitada donde no puede realizar labores de esfuerzos físicos y se gana la vida conduciendo, imagínese el efecto que provocaría un tipo de sentencia de esta naturaleza”.
Acusación
De acuerdo a la acusación de la Fiscalía, los hechos ocurrieron alrededor de las 19 horas del día 9 de junio del año 2015, en circunstancias que el afectado José Miguel Hernández Navarro se encontraba caminando por la vía publica en compañía de una tercero, esto es, en la intersección de Av. Presidente Eduardo Frei Montalva esquina con calle Manuel Aguilar, instantes en los cuales el imputado Diego Marcelino Oyarzún Rojas, no estando atento a las condiciones del transito, manejaba un taxi a una velocidad no razonable y prudente, ingresando al cruce de la esquina mencionada sin respetar el semáforo que estaba en rojo, no deteniendo el móvil que conducía, atropellando violentamente al peatón Hernández Navarro, el cual efectuaba el cruce de calles enfrentando luz verde, lanzándolo varios metros producto de la violencia del impacto del automóvil hacia el afectado, el cual quedo tendido en la vía publica, en tanto, el acusado Oyarzún Rojas, se dio a la fuga del lugar de los hechos no cumpliendo con la obligación de detener la marcha del automóvil que conducía, no prestar la ayuda posible y no dar cuenta a la autoridad del accidente antes dicho y que ocasionó lesiones de carácter graves, entre otras, TEC grave, hemorragia subaracnoidea, hemorragia subdural, fractura radio derecho expuesta operada, neuropraxia secundaria de nervio radial, conforme a informe de lesiones emanado del Servicio Medico Legal de Punta Arenas.
En el juicio el afectado José Miguel Hernández Navarro, prestó declaración, señalando que se juntó en calle Aguilar con Frei con una señora para ir ver un trabajo de pintura, caminaron juntos y esperó el cambio del semáforo de peatones para cruzar la calle. Cuando estuvo en verde comenzó a cruzar y vio que un auto blanco venía parando, alcanzó a caminar pasando el auto blanco, de ahí recuerda el golpe solamente, tiene un recuerdo vago de lo sucedido, cree que intentó protegerse. Cuando lo subieron a la ambulancia recobró el conocimiento. Refiere las lesiones que sufrió. Estuvo 18 días hospitalizado. Lo operaron por la fractura del brazo. En octubre de 2015 recién comenzó a hacer una vida normal. Dice que el acusado le pagó $ 400.000. La persona que lo atropelló lo llamó cuando estaba en el hospital.
La Fiscalía solicitaba que se le aplique la pena de tres años de presidio menor en su grado medio, inhabilidad perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica, multa diez UTM, accesoria pertinentes y costas de la causa.