Condenado por homicidio frustrado deberá pasar tres años en la cárcel

A pesar que la defensa alegaba una
legítima defensa, la Fiscalía logró acreditar el delito de homicidio frustrado,
tal como lo señaló el fiscal del caso Felipe Aguirre: “El Tribunal luego de
escuchar los alegatos de clausura determinó condenar al imputado como autor del
delito de homicidio frustrado. Con esto se desestimó los argumento de la
defensa, no acreditándose la legítima defensa que era lo que pedía la defensa
para su absolución”.

Fue así que los jueces condenaron
a Alfonso Garrido Levill a una pena de tres años y un día de cárcel, la que
deberá cumplir de manera efectiva ya que no cumple con los requisitos para
optar a alguna pena sustitutiva.

De acuerdo a la acusación del
Ministerio Público, los hechos ocurrieron alrededor de las 4 horas de la
madrugada del 26 de agosto del año pasado, en circunstancias que la víctima
Mathías Santibáñez Serón, de 19 años, se encontraba con su pareja y otras
personas en calle Señoret a la altura del número 1148 de Punta Arenas, lugar
donde llegó el imputado Alfonso Garrido Levill acompañado de otro individuo,
sosteniendo una conversación para luego el imputado retirarse del lugar con su
acompañante. Sin embargo, luego Garrido Levill volvió, iniciándose una
discusión que terminó con un forcejeo entre ambos, lo que motivó al imputado a
atacar con un arma cortante a la víctima, propinándole al menos siete estocadas
en la zona del tórax.

El herido fue trasladado al
Hospital Clínico de Magallanes, mismo recinto al que llegó el imputado, donde
fue reconocido y detenido.

El herido resultó con neumotórax
y heridas cortantes en la zona torácica, que sin atención médica oportuna
hubiesen sido mortales, según lo señalado en la acción judicial.

En el juicio imputado y víctima
prestaron declaración, donde el afectado Santibáñez Serón recordó que tras la
agresión tuvo que ser intervenido quirúrgicamente por sufrir la perforación del
pulmón y el colon.

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