De acuerdo a la sentencia entregada en el Tribunal, al acusado Carlos
Zambrano Barría se le absolvió del cargo de amenazar a carabineros, pero se le
condenó como autor del delito de conducción de vehículo motorizado en estado de
ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir. Los jueces le sustituyeron la
pena privativa de libertad por la de reclusión nocturna domiciliaria, la que
deberá cumplir por 541 días. Además, se le inhabilitó perpetuamente para poder
obtener licencia de conducir.
Los hechos por los que la Fiscalía llevó a juicio al acusado Zambrano
Barría, ocurrieron el día 10 de octubre del año 2016, a las 455 horas
aproximadamente, cuando fue fiscalizado por personal policial conduciendo su
vehículo en estado de ebriedad por calle Manuel Bulnes frente al número 742, de
Puerto Natales, por lo que fue trasladado al hospital Augusto Essmann, donde se
le practicó la alcoholemia de rigor, la que arrojo 2,46 gramos por mil de
alcohol en la sangre. Además, el acusado
conducía sin su licencia de conducir, la cual fue cancelada por otra
sentencia del 19 de diciembre de 2014, dictada por el Juzgado de Garantía de
Puerto Natales por otro delito de conducir en estado de ebriedad. Agregar que,
además, presenta otras condenas por delitos de la misma naturaleza.
En la acusación, del Ministerio Público señalaba que el acusado una
vez en la unidad policial amenazó a los funcionarios de Carabineros, a quienes
manifestó que los iba a matar con una pistola, lo que finalmente no se acreditó
en juicio.
La Fiscalía solicitaba una pena de tres años de presidio por el delito
de la Ley de Tránsito y 540 días por las amenazas a Carabineros.
Entre las condenas que mantiene el imputado se cuentan las que recibió
en la ciudad de Castro, en dos ocasiones, por manejar en estado de ebriedad,
otra por lesiones graves en contexto de violencia intrafamiliar en Puerto
Natales y otra por manejar ebrio sin licencia, sumando ayer su quinta condena.