“Respecto de toda persona que concurra a este tribunal y registre orden de detención pendiente de cumplimiento, se hará ejecutar dicha resolución de manera inmediata y quedará bajo custodia del personal de Gendarmería, hasta la realización de la audiencia respectiva”.
Esta medida se puede apreciar al llegar a la ventanilla del Juzgado de Garantía de Punta Arenas, causando una controversia principalmente con la Defensoría.
La decisión fue tomada por los jueces de Garantía, quienes para evitar que los imputados que no se han presentado a sus audiencias por diferentes delitos, se vayan del tribunal sin haber comparecido, así lo argumentó el juez presidente del Juzgado de Garantía de Punta Arenas, Pablo Miño: “Tras un comité de jueces se determinó esta decisión, principalmente porque cuando se despachan las órdenes de detención muchas veces las personas estando en conocimiento de aquello vienen al tribunal y dan cuenta que mantienen dicha orden pendiente. Sin embargo, y lo que ha sucedido en reiteradas ocasiones es que los imputados dan aviso al tribunal que se presentaban pero posteriormente por diferentes motivos se iban y no esperaban para comparecer a la audiencia respectiva. Esto pasa porque deben esperar que pasen los controles de detención y recién ahí se toman estas audiencias de presentaciones voluntarias. Muchas veces reclamaban y exigían que se le tomen sus audiencias de inmediato, generándose muchos problemas de ese tipo. Fue así que la solución que determinamos, entendiendo que es una orden judicial la que se tiene que cumplir, que es la detención, es que al momento de presentarse a la ventanilla del tribunal quedan bajo custodia de Gendarmería hasta que se realiza la audiencia a la que habían faltado. Esto no es una detención, es el mero cumplimento de una orden judicial, no se le vulnera ningún derecho por cuanto quedan con las medidas de seguridad para todo ciudadano”.
Primer caso
Tras el acuerdo de los magistrados hace algunos días, el martes pasado en el Juzgado de Garantía, un imputado, Benito Mercado Muñoz, se presentó a la ventanilla del tribunal por una orden de detención que mantenía por un delito de ventas de discos compactos piratas. Luego que personal del tribunal le le3 explicó a lo que se exponía, el imputado aceptó y fue trasladado por Gendarmería a los calabozos del edificio de justicia, tal como lo resuelto por los jueces.
Sin embargo, la sorpresa se la llevó el abogado defensor Guillermo Ibacache, quien recibió a Mercado por presentación voluntaria, ingresando esposado y resguardado por los gendarmes como todos los detenidos, lo que llevó a solicitar al juez Juan Enrique Olivares la ilegalidad de la detención, lo que fue denegado por el magistrado, quien le explicó lo resuelto al abogado defensor. Tras la audiencia, el imputado recuperó su libertad, debiendo reiniciar el cumplimiento de reclusión nocturna por 61 días de su sanción, no obstante. la defensoría ayer presentó ante la Corte de Apelaciones un recurso de amparo por la situación ocurrida. “No sé si podemos calificar este procedimiento como una ilegalidad de los jueces, pero sí nos parece que este actuar está equivocado porque no tiene bases en la ley. Para nosotros todo lo que los jueces de garantía o del crimen antiguamente pueden hacer está en la ley, si no está en la ley los jueces no lo pueden hacer. En este caso llega una persona con una orden de detención a presentarse voluntariamente y en la práctica queda detenido a disposición de Gendarmería, quien tiene que ingresarlo a los calabozos y cuando lo llama el juez lo trasladan a la audiencia con las esposas en las muñecas, por lo que es una persona detenida por Gendarmería, quien no tiene las atribuciones para detener a personas que no cometen delitos en fragancia, sólo las tienen y pueden hacerlo las policías, en este caso Carabineros y la Policía de Investigaciones nadie más, Gendarmería no es policía y hay un vicio en el procedimientos que como Defensoría tenemos la obligación de representar presentando este recurso de amparo por este caso y, en general, por otros casos un recurso de amparo preventivo”.