Garantías de los Derechos de la Niñez, aprobado el martes por la Cámara de Diputados y despachado al Senado para su segundo trámite constitucional.
La iniciativa, que tiene como objetivo la protección y garantía integral, el ejercicio efectivo y el goce pleno de los derechos de los niños, ha sido cuestionada no sólo por el posible “conflicto” entre algunas de sus disposiciones y el proyecto de Despenalización de la Interrupción del Embarazo en Tres Causales (actualmente está en discusión en la Comisión de Salud del Senado) sino por lo establecido en su artículo 21: “Vida privada. Todo niño tiene a desarrollar su vida privada, a gozar de intimidad y a mantener comunicaciones sin injerencias arbitrarias o ilegales”. Y agrega que “los padres o quienes tengan responsabilidad del cuidado de los niños y las autoridades deben respetar este derecho, promover y orientar su ejercicio, y protegerlos de cualquier quebrantamiento ilícito de su intimidad”.
A juicio del abogado Juan José Arcos aquí se está frente a una “verdadera aberración, una puerta abierta para exponer a los niños a temas como la pedofilia, el narcotráfico o juegos como el de la ballena azul”.
Expone que hoy el ciberespacio es caldo de cultivo para muchos delitos, “entonces garantizar a los menores la privacidad en las redes sociales y quitarle a los padres la posibilidad de ejercer el control es dar luz verde a un arma poderosa en contra de nuestros hijos”.
Arcos lamenta que se esté ante diputados que “claramente no tiene idea sobre derecho penal, porque una cosa es crear derechos, pero también hay que regular deberes. Un representante del Gobierno le bajaba hoy el perfil diciendo que el tema de la regulación de los padres queda a la interpretación, pero eso es una mentira absoluta cuando la norma es clara. El juez aplica la norma cuando se trata de un derecho absoluto y no se permita la interpretación. Lo que aquí se debe entender es que no estamos hablando de personas adultas con criterio formado sino de niños, que en base a esta ley quedarán expuestos a ser víctimas de delitos”.
Ante los cuestionamientos, el ministro de Desarrollo Social, Marcos Barraza, expuso que “aquí lo que se establece es el concepto de autonomía progresiva, en cuanto a que la opinión de un niño en base a sus capacidades de maduración, evolución, capacidades cognitivas y afectivas, tendrá mayor incidencia respecto de uno que tiene menos capacidades en ese sentido”.
Y añade que esta ley lejos de limitar las capacidades de los padres, “ le está dando herramientas para que puedan dirigir y orientar a sus hijos respecto de un cuidado lo más integral posible”.
Diputadas
Por su parte, la integrante de la Comisión de Familia, diputada Karla Rubilar, dice que “no resulta razonable que un padre no pueda supervisar a su hijo en redes sociales. Claramente la redacción puede y debe mejorar, porque no fuimos capaces de cambiarla para evitar interpretaciones y suspicacias”.
La diputada dijo al matutino La Segunda que hay “falencias” a corregir en este aspecto, porque “no deben quedar zonas grises en la ley, donde se pierda en sentido de que son los padres los que tiene el derecho preferente en la crianza de los hijos”.
Si bien la diputada advierte que la iniciativa legal ha sufrido varias modificaciones desde que ingresó a trámite en septiembre de 2015 “tratamos de dejar bien establecido el derecho/deber preferente de los padres para educar a sus hijos, queda la duda en la redacción del proyecto cuál es el alcance de estos articulados en la vida cotidiana”.
“Las dudas de qué pasa en la cotidianeidad no están suficientemente resueltas, y pese a que Ejecutivo ha dicho de manera verbal que no busca interferir en el derecho de los padres a educar a sus hijos, hay especialistas que sostienen que por la forma en que está redactada se puede interpretar de esa manera”, enfatizó la parlamentaria.
En tanto, la diputada Marcela Sabat planteó que “hay una prevención que no se hizo y tiene relación con cómo hacer convivir la supervisión de los padres a sus hijos con la autonomía progresiva. Sabemos que en las redes sociales los niños y adolescentes pueden encontrar contenidos que no son aptos para su edad, y esa es la realidad, pero eso esta ley no lo consideró”.