Luego de cinco meses de
haberse dictado sentencia de 10 años y un día en contra de un acusado por el
delito de femicidio frustrado en el Tribunal Oral en lo Penal, ayer la Corte de
Apelaciones de Punta Arenas, por unanimidad, confirmó dicha sanción, en contra
de Álex Vidal Gómez.
“Esta condena contiene un
mensaje de seguridad, protección y justicia, no sólo para la víctima, sino para
todas las mujeres que sufren violencia, sentencia que deja conforme al Sernam y
evidentemente satisfechos. A mi representada igual la deja conforme, sin
embargo, no hay penas que reparen el daño causado”, sostuvo el abogado del
Servicio Nacional de la Mujer (Sernam), Ramón Ibáñez.
Agregó que la finalidad de
estos recursos interpuestos por la defensa de Vidal Gómez eran obtener penas de
menor cuantía. “En el juicio cuando se comenzó los alegatos, se señaló que no
existía una voluntad de matar, sólo de lesionar, lo cual se desestimó por la
misma parte, para tener una atenuante que se llama la colaboración sustancial
en el esclarecimiento de los hechos, lo cual en esa ocasión el tribunal no
acogió. La defensa en este caso intentó lograr algunas atenuantes, pagando una
demanda civil, cancelando alrededor de 5 millones de pesos, y con esto se logra
una atenuante que se llama reparación celosa del mal causado. Vidal Gómez,
además no presentaba antecedentes penales anteriores, por lo que el tribunal
acogió la atenuante de la reparación celosa, pero no la irreprochable conducta
anterior”.
El abogado del Sernam
recordó que tras la sentencia de mayo, la defensa recurrió de nulidad ante la
Corte Suprema, no obstante el máximo Tribunal del país no acogió la solicitud.
“Este recurso solicitado fue declarado inadmisible, y por facultades legales
que tiene la Corte Suprema, lo envió a la Corte de Apelaciones de Punta Arenas.
En esta instancia nosotros peleamos que no existía una irreprochable conducta
anterior por parte de Vidal Gómez, ya que presentamos un testimonio de una ex
polola, declaración que entregó a la Fiscalía”.
Ibáñez, señaló que con
esto ya no existen otros pasos legales
para sustituir la pena dictada de 10 años y un día.
Hechos
De acuerdo a los
antecedentes, los hechos por lo que Vidal Gómez fue sentenciado ocurrieron la
mañana del 23 de marzo del año 2013, cuando ingresó al domicilio de la afectada, quien se encontraba en compañía de sus dos hijos
menores de edad y comenzó a insultarla, para luego agredirla con un cuchillo en
diversas partes del cuerpo, rociándole combustible a sus vestimentas, hasta que
uno de sus hijos (de siete años) se percató de lo sucedido y salió del inmueble
solicitando ayuda a familiares, los cuales llegaron al lugar y trataron de
impedir la agresión. Tras esto, el agresor se dio a la fuga, dejando a la mujer
mal herida, desangrada y con riesgo vital, de no mediar la atención rápida y
oportuna que se le brindó oportunamente.