Cabe recordar que el sábado 15 de octubre pasado el infante de marina
Eduardo Jara Verdugo fue formalizado y enviado a prisión preventiva al
Destacamento de Infantería de Marina Nº4 Cochrane. Según los hechos expuestos
en la audiencia, el 2 de mayo de 2015, en horas del día, en circunstancias que
la víctima Irma Solís Cruces, se encontraba en compañía de su conviviente
Eduardo Antonio Jara Verdugo, con quien sostuvo una discusión, en el inmueble
donde habitaban en ese tiempo, ubicado en calle Daniel Cruz Ramírez a la altura
del 0500, el imputado -según los antecedentes- se ofuscó preparando una maleta
con vestuario de la mujer, subiéndola al jeep de la víctima, tras esto usando
la fuerza procedió a retirarla del domicilio contra su voluntad y privándola de
su libertad ambulatoria llevándola al móvil y provocando su desaparición y
perdiéndose todo el rastro de su paradero, perdiendo todo contacto de la mujer con
su hija de 12 años y sus familiares o cualquier otro tercero, sin registrarse
salidas del país, no constatando su muerte.
Ante esto, y al no existir ninguna denuncia previa por presunta
desgracia, sus familiares, a mediados del mes de mayo, el padre y el tío de la
joven chillaneja se trasladaron desde su ciudad de Chillán al cuartel de la PDI
de la ciudad capital de la Provincia de Ñuble, a presentar la denuncia del
extravío de la joven profesora de Historia y geografía por la desaparición de
la mujer por más de quince días a la fecha.
Desde esa denuncia comenzaron a realizarse todas las diligencias de
investigación por parte del personal policial, entre ellos la toma de
declaración de los más cercanos a la mujer, entre ellos al imputado que prestó
declaración en dos oportunidades, ambas en el mes de junio de 2015, donde
aportó antecedentes falsos a la investigación, tales como posterior a la
desaparición de Irma Solís Cruces, él intentó comunicarse en varias ocasiones
con ella por medio de llamadas a su teléfono celular, lo que se comprobó que
fue falso, así mismo faltando a la verdad de sus declaraciones en calidad de
testigo, luego de haber declarado que el día 2 de mayo de 2015, nunca más vio
ni tuvo conocimiento del paradero del jeep de la mujer desaparecida, móvil que
apareció al interior de los estacionamientos de un block de departamentos en la
Población Cardenal Raúl Silva Henríquez, en el mes de junio de 2015, situación
que es falsa ya que fue visto por un testigo el 13 de mayo dejándolo abandonado
y huyendo del lugar.
Con estos antecedentes, el fiscal regional formalizó al imputado como
autor de los delitos de secuestro y obstrucción a la investigación.