Tras la sentencia absolutoria dictada ayer en el Tribnal Oral en lo Penal de Punta Arenas en favor del senador Carlos Bianchi, la parte acusadora tiene un plazo de diez días corridos para pedir que se anule el juicio.
Entre los argumentos que se dieron a conocer en el fallo de 326 páginas, la sentencia absolutoria del senador Carlos Bianchi establece que el arrendamiento sería un contrato entre particulares y que no estaría prohibido suscribir un contrato de alquiler entre un parlamentario y un pariente.
El fallo sostiene que el contrato de arriendo de una sede parlamentaria el senador Carlos Bianchi Chelech lo estableció como un particular y no como un parlamentario, pese a que los dineros que se entregaban para la cancelación de aquello provenían del Senado.
La resolución agrega que “no obstante los hechos que se establecieron en el juicio a los cuales se ha aludido precedentemente, la narración de los que se contienen en las acusaciones del Ministerio Público, Consejo de Defensa del Estado y querellante particular, a juicio del tribunal, no son suficientes para satisfacer los tipos penales de los artículos 239 y 240 del Código Penal”.
“En efecto, si bien en las respectivas acusaciones se efectúa un relato pormenorizado de los mismos, subdividiéndose incluso en etapas o períodos, no se advierte si la actuación del senador Bianchi, al suscribir el comentado contrato de arrendamiento, lo efectúa con infracción de algún deber especial a que estaba obligado o bien mediante algún engaño, ardid u ocultación de acciones que ameriten el reproche penal que se le hace a su actuación” indica el fallo.
Lectura de sentencia
Ayer, el juez redactor Jaime Álvarez Astete estuvo a cargo de dar a conocer la sentencia del juicio que se realizó en contra del senador Carlos Bianchi. El magistrado a las 14 horas en el Tribunal Oral en lo Penal, señaló que “se absuelve por mayoría a Carlos Bianchi Chelech de los cargos formulados por el Ministerio Público, Consejo de Defensa del Estado y querellante de los delitos de negociación incompatible y fraude al Fisco en calidad de reiterado”. Asimismo se se indicó que se absuelve por unanimidad a José y Victoria Retamales Espinoza de los delitos de fraude al Fisco reiterado.
El magistrado Álvarez señaló en la audiencia que al perder la causa la parte acusadora, en este caso la Fiscalía, el Consejo de Defensa del Estado y querellantes, se les eximió del pago de las costas de la causa en lo Penal. Además se rechazó la demanda del Consejo de Defensa del Estado en contra de los acusados.
Tras la sentencia, el abogado querellante Francisco Cárdenas, señaló que deben estudiar el fallo para determinar si solicitarán al tribunal de Alzada anular el juicio. “En términos reales hay que analizar toda la sentencia, ya habíamos adelantado que con el voto favorable del juez Jaime Álvarez Astete fue de considerar que hay un delito de fraude al Fisco y hay que conocer el fundamento ese voto y ver si se recurre de nulidad. Creemos que esto indica que se puede hacer y depende de las causas que se invoquen puede ir a la Corte de Apelaciones o si existe violación de garantías constitucionales se va a la Corte Suprema. En este caso la única posibilidad es que se anule el juicio y se repita”.
Los hechos
Según las partes querellantes, el senador Bianchi habría causado un perjuicio fiscal de $44.262.074 , ello tras haber arrendado una sede parlamentaria, con fondos asignados por el Senado de la República, a su suegra, Fresia Espinoza Alarcón, y luego a su cuñada, Victoria Retamales, pagando en total un supuesto sobreprecio por el inmueble.
El monto total pagado por el Senado por concepto de arriendo de la propiedad ascendió a la suma de $52.673.516, variando la renta mensual pagada por este inmueble como se dijo de una superficie aproximada de 39 metros cuadrados, desde los $850.000 en el mes de abril de 2006 hasta la cantidad de $1.000.298 que corresponde a la última renta pagada por el Senado en el año 2010.