Familia de colombiano fallecido: “Vemos mucha negligencia al dejarla libre sabiendo que esto podía pasar”

“Esto
deja a nuestra familia más tranquila porque no deja impune lo sucedido.
Sin embargo, no nos devuelve a nuestro ser querido. Esto deja una
enseñanza a otras personas, y en principio nos habíamos resignado
pensando que esto había quedado así y que ella había salido del país.
Siento que la condena que le dieron era injusta en principio y sirvió
que hayamos reclamado y no quedarnos con los brazos cruzados. Quizá
faltó gestión para poder detenerla antes, ya que ella dijo que nunca
salió de Punta Arenas. Vemos mucha negligencia al dejarla libre sabiendo
que esto podía pasar. Esto no fue un accidente, si yo tomo y me monto a
mi auto, no es un accidente, y merece castigo. En mi corazón no tengo
odio para nadie, y mi ser querido no está por culpa de ella, pero hay un
sentimiento de tristeza y perdón tiene que pedirle a Dios”. Con estas
palabras se refirió Daniel Carabalí a la detención de la ciudadana
argentina que ocasionó la colisión donde perdió la vida su tío Jhon
Carabalí en 2017.

En
relación a la detención y puesta a disposición del tribunal de la
condenada Mariela de los Milagros Mañé, de 37 años, el fiscal jefe de
Punta Arenas, Fernando Dobson, señaló que “se pudo concretar la orden de
detención que registraba esta condenada a la pena de cinco años de
cárcel. Ella permaneció varios meses en calidad de rebeldía, y personal
de la SIP de Carabineros este domingo pudo dar con su paradero,
gestionando una orden de entrada y registro al domicilio donde
permanecía ocultándose de la justicia, ya que no era el que registró
ante el tribunal. Es así que a pesar que intentó darse a la fuga por una
ventana, el lugar estaba acordonado por el personal policial. Paralelo
con esa detención la Fiscalía formuló nuevos cargos en contra de la
imputada por un delito de amenazas en contexto de violencia
intrafamiliar. Ahora debe ingresar a cumplir la pena de cárcel, la que
en principio se le otorgó una libertad vigilada intensiva. Sin embargo,
la Fiscalía apeló de esa medida, y la Corte revocó esa resolución
decretando el cumplimiento efectivo. Mientras se resolvía esa situación
fue que la imputada no compareció nunca más”.

Nuevo cargo

En
la audiencia de control de detención, la Fiscalía requirió por los
hechos que ocurrieron alrededor de las 17 horas del domingo 7 de abril
pasado, en circunstancias que la víctima y suegra de Mariela Mañé, se
encontraba al interior de su domicilio, recibiendo un mensaje de
whatsapp de la imputada quien la amenazaba que si contaba donde estaba
escondida, ella mostraría unas fotografías de alguna situación
comprometedora, ante lo cual la afectada se dirigió al domicilio de
Mañé, ubicada en 1 de Mayo a la altura del 0100, lugar donde la imputada
comenzó a insultar y agredir a su suegra, arrojándola al suelo, tomando
una botella con la cual intentó golpearla, y lue
go
al tomar un cuchillo alcanzó a intervenir el hijo de la víctima, quien
detuvo la acción de la imputada. Luego de esto, la afectada se dirigió a
un dormitorio. La víctima sufrió diversas lesiones, por lo que se le
acusó a la imputada por el delito de lesiones menos graves en contexto
de violencia intrafamiliar, donde se le pidió una pena de 540 días de
presidio. Sin embargo, Mariela Mañé, no admitió responsabilidad en los
hechos y decidió ir a juicio, fijándose para el 23 de abril a las 9.30
la preparación de juicio y para el 22 de mayo a las 11 horas la
audiencia de juicio simplificado.

Accidente fatal

Cabe
recordar que la sentencia que pesa sobre la ciudadana argentina, se
dictó el 18 de agosto del año pasado por el Tribunal Oral en lo Penal de
Punta Arenas, cuando a Mariela Edith de los Milagros Mañé, se le
condenó como autora del delito de manejo de vehículo motorizado en
estado de ebriedad, sin haber obtenido licencia de conducir, causando la
muerte de Mario Jhon Carabali Valencia, lesiones graves a Josué
Valencia Peña, lesiones leves a Alejandra Torres Coli y a María Paz
Rivas Coli y daños a la propiedad de Mario Jhon Carabali Valencia. La
pena de cinco años de presidio, se refiere a lo ocurrido el 24 de
noviembre de 2017, en horas de la tarde, en circunstancias que la
víctima Mario Jhon Carabali Valencia de 47 años de edad, conducía el
vehículo Daewoo Lanos por Avenida Pedro Aguirre Cerda en dirección
poniente. Al llegar a la intersección con calle Manuel Rodríguez, su
vehículo fue violentamente colisionado en el sector medio costado
izquierdo por el vehículo Audi conducido en estado de ebriedad por la
imputada Mariela Edith Mañé, quien producto de la ingesta alcohólica
ingresó al cruce proveniente de calle Manuel Rodríguez de sur a norte,
sin ceder el derecho preferente de paso al vehículo de la víctima.

Luego
y a consecuencia del impacto, el vehículo de la víctima chocó por
proyección al automóvil Ford Fiesta conducido por Alejandra Torres Coli,
quien circulaba por calle Manuel Rodríguez en dirección sur. A
consecuencia de la colisión el conductor víctima Mario Jhon Carabali
Valencia sufrió shock hipovolémico, ruptura ventrículo derecho,
estallido hepático, estallido esplénico, estallido renal izquierdo y
traumatismo encéfalo craneano grave que le causaron inmediatamente la
muerte.

El
resultado del examen de alcoholemia que se le practicó a la conductora
argentina arrojó una dosificación de alcohol en su sangre de 2,24 gramos
por mil.

Ahora, la mujer deberá cumplir cinco años de prisión en la cárcel de Punta Arenas.

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