Con municiones de guerra un ex
soldado del Ejército intentó abordar un avión con destino a Santiago desde
Punta Arenas, lo que motivó su detención y formalización ante la justicia.
Del insólito hecho se tuvo
conocimiento ayer en horas de la mañana, cuando hasta el Juzgado de Garantía de
Punta Arenas fue trasladado para comparecer un joven de 20 años, quien hace
cuatro días había solicitado su baja voluntaria del Ejército argumentando su
deseo de retornar a su ciudad de origen, comuna de San Bernardo.
De acuerdo a los antecedentes
aportados en la audiencia por parte del fiscal Manuel Soto, el imputado Ignacio
Alexander Rubio Provoste fue detenido el domingo 24 de septiembre alrededor de
las 23 horas al interior del Aeropuerto Presidente Carlos Ibáñez del Campo, en
un procedimiento que estuvo a cargo de Carabineros de Río Seco. Lo anterior,
luego que al imputado se le detectaran – tras pasar su equipaje por el escáner-
municiones de guerra.
Según la formalización, el
representante del Ministerio Público le indicó al imputado que se iniciaba una
investigación en su contra por los hechos que se registraron la noche del
domingo cuando el imputado, al traspasar su equipaje de mano por la máquina de
rayos X, se le observó por parte de los funcionarios de la Dirección General de
Aeronáutica Civil (DGAC) que al interior de uno de sus bolsos transportaba una
munición de guerra tipo trasadora calibre 7.62 no percutada, cuatro municiones
de guerra calibre 7.62 no percutada, cinco municiones a fogueo calibre 7.62 no
percutada y una munición calibre 22 no percutada.
Al imputado Rubio provoste se le
indicó que no mantenía la autorización para su porte o tenencia por la
autoridad correspondiente. Ante esto se resolvió formalizarlo por el delito de tenencia
ilegal de municiones.
Tras la audiencia el imputado
recuperó su libertad, quedando con la medida cautelar de arraigo nacional por
el plazo de 60 días para el cierre de la investigación, por lo que no tendrá
inconvenientes para dejar Magallanes y retornar al norte del país.
¿A cuáles sanciones se expone quien infringe la Ley de Control de Armas?
Algunas de las sanciones son:
Presidio mayor en cualquiera de sus grados, para aquellas personas que organicen, pertenezcan, financien, doten, instruyan, inciten o induzcan la creación y funcionamiento de milicia privada, grupos de combate o partidas militares organizadas (cinco años y un día a veinte años de presidio).
Si estos delitos son cometidos por funcionarios de las Fuerzas Armadas o de Orden y Seguridad Pública, en retiro o servicio activo, las penas serán aumentadas en un grado.
Las personas que porten armas de fuego sin permiso, serán condenados a presidio de entre 541 días y 10 años.
Quienes posean armas hechizas o modificadas, serán condenados a presidio de entre 3 años y un día, y 10 años. Sin embargo, hay una excepción cuando el porte de las armas es para entregarlas voluntariamente a las autoridades.
A su vez, quienes fabriquen, armen, modifiquen o internen al país armas sometidas a control sin autorización, arriesgan una pena de entre 541 días y 15 años.
Por el porte o tenencia de bombas incendiarias (molotov), las penas van entre 3 años y un día y 10 años.
Quienes posean, tengan o porten ilegalmente armas de fuego, sus partes, dispositivos y piezas o explosivos, incluyendo sus partes, dispositivos y piezas, detonadores y otros elementos semejantes, serán sancionados con presidio menor en su grado máximo (3 años y un día a 5 años de presidio).