Ayer,
el Tribunal Oral en lo Penal de Punta Arenas entregó la sentencia en
contra de un padre que violó a su hija, dejándola embarazada.
Fue
así que los jueces, Guillermo Cádiz Vatcky, Jaime Álvarez Astete y José
Octavio Flores Vásquez, entregaron una sentencia de ocho años de cárcel
para Mauricio Hernán Cárdenas Parada, como autor del delito de
violación en la persona de su hija, cometido en grado de consumado, los
últimos días de mayo del 2010, en Puerto Natales.
Asimismo, se le
condena a la pena de interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser
oído como pariente en los casos que le ley designe, a la sujeción a la
vigilancia de la autoridad por el término de diez años siguientes al
cumplimiento de la pena corporal.
El
fiscal jefe de Punta Arenas, se mostró conforme con la sentencia, ya
que el tribunal en un momento llamó a recalificar el delito de
violación, por el de incesto o estupro, sin embargo se logró una condena
solicitaba por la Fiscalía.
“Esta sentencia de ocho años de cárcel, es
de cumplimiento efectivo, sanción que nos deja conformes, ya que habían
ciertas circunstancias que implicaban ciertas rebajas, como la que
operaba la media prescripción en favor del imputado.
Los principales
elementos probatorios dicen relación con que se pudo acreditar la
paternidad de la hija que tuvo la víctima del imputado, Entre las
dificultades dentro del juicio, estuvo que no pudimos obtener mayor
relato, esto dado por la afectación de la víctima a la vivencia de
transgresión sexual en su contra. Sin embargo, se logró obtener
testimonios del equipo médico que la trató, parientes y compañeras de
curso”.
El
representante del Ministerio Publico agregó que “estamos conformes
también, ya que se consideró por el tribunal la circunstancia que el
imputado por resolución judicial tenía el cuidado de la víctima, que le
permitió prevalerse a tener acceso a cometer estos delitos, aislándola
de cualquier asistencia, llegando a una situación de parto del embarazo
que fue encubierto por el padre”.
Hechos
Según
la acusación que el Ministerio Público probó en juicio, señala que en
día no precisado dentro del mes de mayo del año 2010, en circunstancias
que el imputado Mauricio Hernán Cárdenas Parada, se encontraba al
interior de su domicilio de Puerto Natales, aprovechándose que su hija,
la víctima, quien a dicha fecha tenía 17 años de edad, sufría de una
esquizofrenia con cuadro sicótico que no le permitía tener noción de la
realidad, la violó, a consecuencia de lo cual la menor resultó
embarazada, dando a luz a una hija el año 2011.
A la fecha de ocurrencia
de los hechos el imputado Mauricio Cárdenas además abusaba de la
relación de dependencia generada para con la menor, fundada en el
cuidado personal que le fue confiado y otorgado por el Juzgado de Letras
de Puerto Natales, en virtud de resolución de fecha 31 de mayo de 2007 y
que el imputado a la fecha ejercía, sin perjuicio de la dependencia
afectiva y económica generada a través de su rol de padre.
Hechos de
similar naturaleza, de significación sexual que se verificaron dentro de
todo período año 2010 a año 2011, época luego en que la menor dio a
luz, señalan los hechos de la investigación.
El
persecutor estimó que los hechos antes descritos constituyen el delito
de violación, cometido en perjuicio de una persona mayor de 14 años de
edad, en carácter de reiterados. Asimismo, considera que el delito se
encuentra en grado de consumado. En esta acusación se atribuye al
acusado participación en calidad de autor y concurre la circunstancia
agravante constituida por el parentesco.