Bartolo Orlando Nancuante Caico fue condenado hoy como
autor del delito de conducción de vehículo en estado de ebriedad.
En el veredicto unánime, el Tribunal Oral en lo Penal, agregó que por manejar sin licencia
de conducir se le impone a esta persona un aumento de pena contemplado en el
artículo 209 inciso 2º de la Ley Nº18.290.
Durante el juicio el fiscal Oliver Rammsy, acreditó que el 22 de mayo del año pasado,
alrededor de las 00.30 horas el acusado conducía, ebrio y sin licencia, un vehículo por calle Floridor González,
siendo fiscalizado en la Avenida Eduardo Frei por Carabineros, quienes se
percataron de su condición etílica por el fuerte hálito alcohólico, rostro
congestionado e
inestabilidad al caminar, lo que se corroboró con el resultado de la alcoholemia que
arrojó 1,65
gramos por mil de alcohol en la sangre.
La fiscalía solicitó se imponga al acusado, la pena de 3 años
de presidio, el pago de una multa de 10 unidades tributarias mensuales y la prohibición de obtener
licencia para conducir vehículos motorizados. Esto teniendo en consideración,
entre otros, que el sujeto cuenta en su extracto con dos condenas anteriores por delitos de
la misma naturaleza.
La audiencia de lectura del fallo se llevará a efecto el
viernes 23, a las 13.00 horas.