Revocan arresto domiciliario para acusado de incendiar casa de su pareja y se mantendrá en prisión preventiva

Este lunes la Corte de Apelaciones de Punta Arenas revocó lo decidido por el
tribunal oral y resolvió que el sujeto de iniciales J.C.A. –que está
acusado de incendiar el domicilio de su exconviviente, entre otros
delitos– debe continuar recluido en la cárcel.

El
acusado espera el juicio en su contra por una sucesión de delitos que
se habrían iniciado el 11 de octubre de 2020. Según el Ministerio
Público, en horas de la noche amenazó a su conviviente con quemar la
casa y le provocó erosiones en sus manos y antebrazos.

Cuatro
días después el imputado –que tenía una prohibición de acercamiento y
contacto a la víctima– le habría escrito un mensaje telefónico: “Te voy a
quemar las cosas”, consta en la acusación.

Esa
madrugada la mujer recibió el llamado de una vecina, quien le dijo que
su casa se estaba incendiando. Según el Ministerio Público, el acusado
roció con bencina el inmueble y le prendió fuego.

La
Fiscalía lo sindica como autor de lesiones menos graves y dos delitos
de amenaza, todos en contexto de violencia intrafamiliar. Además lo
acusan por incendio y desacato. En total arriesga una condena de hasta
14 años de cárcel.

El
imputado lleva casi un año en prisión preventiva y el juicio en su
contra está agendado para mediados de 2022. Hace 11 días, los jueces del
tribunal oral revisaron la medida cautelar y –en un fallo dividido–
decidieron cambiarla por arresto domiciliario total.

“Va
a estar dos años completos en prisión preventiva, lo cual excede
cualquier plazo razonable para una persona que no esté condenada”, falló
la mayoría.

El
Ministerio Público recurrió a la Corte para que el imputado se
mantuviese encarcelado. “Constituye un peligro para la seguridad de la
víctima y de la sociedad, pues registra antecedentes por delitos de
igual naturaleza”, fundamentó la fiscal Lorena Carrasco.

El
recurso fue analizado por los ministros Marcos Kusanovic, María Isabel
San Martín y el fiscal judicial Pablo Miño. Por unanimidad acogieron la
interposición de la Fiscalía por la gravedad de los delitos acusados y
porque “el juzgamiento dentro de un plazo razonable (…) no es un
argumento que pueda ser consistente”.

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