“Tío” de furgón escolar cumplirá en libertad condena por abuso sexual de niña de 10 años

Tras
un juicio realizado la semana pasada, ayer se dictó sentencia en contra
de un acusado de haber abusado sexualmente en contra de una menor de
edad en el trayecto de su recorrido como conductor de un furgón escolar.

Fue
así que los jueces del Tribunal Oral en lo Penal de Punta Arenas, Luis
Álvarez Valdés, Jaime Álvarez Astete y Jovita Soto Maldonado, decidieron
condenar al acusado Octavio Gabriel Gálvez, ya en calidad de autor del
delito de abuso sexual en contra de la menor de entonces 10 años de
edad, a tres años y un día de pre
sidio,
a la inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de
inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo
de la condena.

Además a la interdicción del derecho de ejercer la
guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa. A la de
sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los diez años
siguientes al cumplimiento de la pena principal, debiendo informar a
Carabineros cada tres meses su domicilio actual. A la pena de
inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o
profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una r
elación directa y habitual con personas menores de edad.


Sin embargo, el sentenciado al reunir los requisitos se le sustituyó la
pena privativa de libertad, por la de libertad vigilada intensiva,
debiendo dar cumplimiento al pl
an
de intervención individual que elaborará el respectivo delegado de
Gendarmería de Chile que fuere designado al efecto, para lo cual deberá
presentar
se
en el Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile de Punta
Arenas. Además de la prohibición absoluta de acercarse a la víctima.

La
abogada querellante Martina Pradenas de la Corporación de Asistencia
Judicial y representante de la menor, señaló que “estamos conformes
porque la condena fue por unanimidad del tribunal lo que deja a la
familia tranquila por el afán de justicia que tenían y en relación a la
pena se ajusta a Derecho”.

El
abogado defensor, Pablo Chandía, señaló que revisarán el fallo porque
ellos buscaban la absolución. “Nosotros buscábamos la no ocurrencia del
hecho, es decir la absolución y debemos analizar la sentencia y
determinar si se puede presentar un recurso dentro del plazo de diez
días”.

Hechos

De
acuerdo a la acusación del Ministerio Público, los hechos por los que
llevaron a juicio al acusado ocurrieron el día 26 de mayo del año 2016,
en horas de la tarde, en circunstancias que la menor víctima de 10 años
de edad a la fecha de la denuncia, abordó el bus escolar condu
cido por Octavio Gálvez
Abarca, a quien se le había contratado previamente para el transporte
escolar de la menor, en esta ocasión la trasladó específicamente desde
su establecimiento educacional, hacia su domicilio y en el transcurso de
aquel trayecto, el acusado le indicó a la menor que se cambiara de
asiento, razón por la cual la niña se colocó en el asiento de copiloto
del referido móvil.

Ocasión en que el imputado le efectuó tocamientos de
significación sexual, según la denuncia consistentes en tocar con sus
manos bajo
la
falda la zona de las piernas, para luego conminarla a recostarse en los
asientos delanteros, besándola en la boca, actos que, la menor tan
pronto bajó del vehículo al llegar a su domicilio dio cuenta de su
ocurrencia a familiares que denunciaron de inmediato el hecho.

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