El fiscal jefe de Punta Arenas, Fernando Dobson,
explicó que durante la investigación se determinó que no existía mérito
suficiente para acusar al imputado por un delito de secuestro.
“Terrible,
estamos en Chile y si uno actuara de esa forma la pena sería otra. En
este caso él debe saber lo que pasó (Jara Verdugo), si él vivía con
ella. Yo perdí la esperanza de la justicia y ya sabemos que a mi sobrina
no la vamos a encontrar, no se encontró en tres años, menos ahora. Por
mi lado, perdí la esperanza y la fe en la justicia.
A mi hermano (padre
de Irma) lo acompañaré y apoyaré siempre”. Estas fueron las palabras vía
teléfono desde Chillán de Eduardo Solis, tío de la profesora chillaneja
desaparecida en Punta Arenas el año 2015, luego de conocerse la causa
en contra de la expareja de la joven madre, en la cual arriesga el
imputado una pena baja e incluso en libertad.
Cabe
señalar que la investigación en contra del único acusado por su posible
participación en la desaparición de Irma Solis Cruces, se cerró el
pasado 13 de julio, por lo que el Ministerio Público presentó acusación
en contra de Eduardo Jara Verdugo, ex pareja de la mujer desaparecida
solo por el delito de obstrucción a la investigación, dejando fuera el
delito de secuestro, lo que explicó el fiscal jefe de Punta Arenas,
Fernando Dobson: “Aquí existen dos situaciones distintas, una de ellas
es que la investigación apunta a aclarar la desaparición de Irma Solis, y
respecto de ello, la investigación por presunta desgracia sigue y no se
ha cerrado.
En cuanto a las diligencias investigativas que apunten a
saber cuales fueron los hechos que desencadenaron la desaparición de
Irma Solis y durante el transcurso de las diligencias se pudo constatar
la comisión de otros delitos, que en este caso era una obstrucción a la
investigación por parte del imputado, lo que ahora lo evidenciamos por
medio de formular esta acusación en su contra, y eso es lo que vamos a
someter a la decisión del tribunal, es decir someter a un juicio por los
antecedentes que entendemos que durante la investigación obstaculizaron
u obstruyeron la misma.
Lo cierto es que el imputado siendo testigo de
la causa entregó información que no correspondía a los hechos
ocurridos”.
El
representante del Ministerio Público agregó que “estando a cargo de la
investigación se ha analizado la situación del otro delito por el cual
fue formalizado, por lo que entendemos que se estima que los medios
probatorios permiten justificar el delito de obstrucción a la
investigación, no así una situación de secuestro, ya que en el
transcurso de la investigación estimamos mérito suficiente para no
formular acusación respecto de ese delito”.
Dobson
fue enfático en señalar que la investigación sigue abierta para conocer
las circunstancias de la desaparición de la profesora chillaneja.
Por
su parte, el abogado defensor del funcionario de la Armada, Marcos
Ibacache, ya había adelantado que era difícil probar un delito de
secuestro por parte de su representado. “Con mi representado ya habíamos
conversado, pero él está bastante tranquilo, porque la acusación por
secuestro no tiene fundamentos fácticos, no se puede probar y todas las
pruebas de la Fiscalía que logró someterlo a una prisión preventiva, no
pudieron ser fundamentadas con otros medios de prueba para darle peso”.
Cabe
señalar que la ex pareja de la mujer desaparecida, el funcionario de la
Armada, Eduardo Jara Verdugo, fue acusado por el delito de obstrucción a
la investigación, donde se le pide una pena de 540 días de presidio.
En
este sentido, la acusación se basa en los hechos que ocurrieron el 2 de
mayo de 2015, en horas del día, en circunstancias que la víctima Irma
Solís Cruces, se encontraba en compañía de su conviviente, Eduardo
Antonio Jara Verdugo, con quien sostuvo una discusión, en el inmueble
donde habitaban en ese tiempo ubicado en calle Daniel Cruz Ramírez a la
altura del 0500 lugar donde -según los antecedentes- el imputado se
ofuscó preparando una maleta con vestuario de la mujer, subiéndola al
jeep de la víctima, tras esto usando la fuerza procedió a retirarla del
domicilio contra su voluntad, llevándola al móvil perdiéndose todo el
rastro de su paradero, y perdiendo todo contacto de la mujer con su hija
de 12 años a esa fecha y sus familiares o cualquier otro tercero, sin
registrarse salidas del país, no constatando su muerte.
Ante
esto, y al no existir ninguna denuncia previa por presunta desgracia,
sus familiares, a mediados del mes de mayo el padre y el tío de la joven
chillaneja se trasladaron en su ciudad de Chillán al cuartel de la PDI,
ciudad capital de la Provincia de Ñuble, a presentaron la denuncia del
extravío de la joven profesora de Historia y geografía por la
desaparición de la mujer por más de quince días a la fecha.
Desde
esa denuncia comenzaron a realizarse todas las diligencias de
investigación por parte del personal policial, entre ellos, la toma de
declaración de los más cercanos a la mujer, entre ellos al imputado que
prestó declaración en dos oportunidades, ambas en el mes de junio de
2015, donde aportó antecedentes falsos a la investigación, tales como
posterior a la desaparición de Irma Solís Cruces, él intentó comunicarse
en varias ocasiones con ella por medio de llamadas a su teléfono
celular, lo que se comprobó que fue falso.
Asimismo faltando a la verdad
de sus declaraciones en calidad de testigo, luego de haber declarado
que el día 2 de mayo de 2015, nunca más vio ni tuvo conocimiento del
paradero del jeep de la mujer desaparecida, móvil que apareció al
interior de los estacionamientos de un block de departamentos en la
Población Cardenal Raúl Silva Henríquez, en el mes de junio de 2015,
situación que es falsa ya que fue visto por un testigo el 13 de mayo
dejándolo abandonado y huyendo del lugar.