Tribunal ordenó internar en el siquiátrico a imputado de desacato

Medida que se mantendrá en tanto “subsistan las condiciones que la han
hecho necesarias”, pero “en ningún caso podrá extenderse por más de tres años y
un día”.

En fallo dividido, el tribunal -integrado por los jueces Jovita Soto
(presidenta), Guillermo Cádiz y Julio Álvarez (redactor)- absolvió a Guenchur
Guenchur como autor de los delitos de desacato y amenazas proferidas en contra
de su madre, en mayo de 2016.

Asimismo, se dispuso que el hospital siquiátrico deberá informar
semestralmente sobre “la evolución de la condición del interno” al Ministerio
Público, curadores o familiares.

En tanto el fallo quede a firme, el tribunal ordenó que Güenchur
permanezca internado en el “Hospital Lautaro Navarro Avaría” de Punta Arenas.

La resolución establece que al momento de los hechos denunciados,
Güenchur “presentaba alteraciones sicopatológicas que afectaban en forma total
su capacidad de comprender la ilicitud de los hechos que se le imputaron”.
Diagnóstico realizado por el siquiatra del Servicio Médico Legal, Marcos
Barrientos Vergara, quien estableció que Guenchur presenta “un trastorno
sicótico no especificado y un trastorno de dependencia al alcohol, que requiere
tratamiento farmacológico controlado”.

Decisión adoptada con el voto en contra del magistrado Julio Álvarez,
quien estimó que “a la luz de lo dispuesto en el artículo 463 letra c) del
código adjetivo, estima que la hipótesis de absolución se encuentra prevista únicamente
para el caso que no se constatare la existencia de un hecho típico y
antijurídico o la participación del imputado en él, según reza literalmente tal
disposición”.

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