Según
lo dispuesto en la Ley N°18.556, 60 días antes de una elección o
plebiscito, el Servel debe publicar los Padrones Electorales
Definitivos, es decir, los listados de electores que se encuentran
habilitados para sufragar, así como también la nómina de inhabilitados.
Este
debe contener “los nombres y apellidos del elector, su número de rol
único nacional, sexo, domicilio electoral con indicación de la
circunscripción electoral, comuna, provincia y región a la que
pertenezcan y el número de mesa receptora de sufragio en que le
corresponde votar”.
Esto
busca la transparencia y confiabilidad en los procesos eleccionarios y
plebiscitarios, ya que pone a disposición de la ciudadanía la totalidad
de estos datos, en igualdad de condiciones.
“Tendremos
el número más alto de electores de cualquier proceso y más de 1 millón
200 mil pertenecen a 10 pueblos indígenas de Chile, cifra que podría
crecer, ya que aún está abierto el proceso de autoidentificación
indígena”, expresó el Presidente del Consejo Directivo del Servicio
Electoral, Patricio Santamaría.
Además,
para esta elección la Ley N° 21.298 ha dispuesto que Servel cree una
nómina de electores con calidad indígena, la que fue publicada en su
sitio web. De acuerdo con la misma ley, los electores podrán
autoidentificarse como pertenecientes a un pueblo indígena hasta el 25
de febrero. Según los datos que contempla el padrón definitivo.
Se recuerda que los electores podrán autoidentificarse como pertenecientes a un pueblo indígena de las siguientes maneras:
Mediante un certificado de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena que demuestre su calidad de tal.
A
través de una declaración jurada, cuyo formato ha elaborado el
Servicio Electoral, donde la persona declara que cumple con
cualquiera de las condiciones que establece la ley N° 19.253 para
obtener la calidad indígena, y sea otorgada ante los siguientes
ministros de fe: notarios, secretarios municipales o el
funcionario a quien éstos deleguen esta función, oficial del
Servicio de Registro Civil e Identificación, Corporación Nacional
de Desarrollo Indígena, o directamente ante el Servicio
Electoral, por vía presencial o con clave única, hasta el 25 de febrero
de 2021.
Por
lo anterior, Servel puso a disposición el Formulario de
Autoidentificación Indígena AI01, con el que se podrá realizar la
declaración jurada que la normativa indica.