Corte de Apelaciones ha fallado a favor de 2.059 magallánicos en contra de las alzas y reajustes en los planes de las isapres

Desde
hace más de quince años, las personas han utilizado el recurso de
protección como un modo de frenar los reajustes unilaterales en los
planes de las instituciones de salud previsional (Isapre), lo cual
sucede cuando a los afiliados les llega la indeseada carta de adecuación
y ante esto optan por llegar ante la Corte de Apelaciones para evitar
las alzas.

Esta
acción legal nació cuando se crearon las actas constitucionales,
durante la dictadura militar, previa a la redacción de la Constitución
de 1980 y rige para cualquier tipo de acción u omisión que vulnere,
quebrante o amenace determinados derechos fundamentales que están
señalados en el artículo 19 de nuestra Carta Fundamental, como lo es el
derecho a la vida, a la integridad física o psíquica, el derecho a la
privacidad, de propiedad, entre otros.

“Hoy
se ha transformado en un recurso que es una acción de ordinaria
ocurrencia, pero el sentido jurídico que tiene es de un amparo
constitucional. Lo que busca es que la Corte de Apelaciones y en su caso
la Corte Suprema proteja a los particulares de decisiones odiosas,
arbitrarias o ilegales, que sean unilaterales”, explicó el magistrado
Luis Álvarez, ministro suplente de la Corte de Apelaciones de Punta
Arenas.

Recursos ingresados

Y
es que cada año, la cantidad de estas acciones constitucionales que se
interponen aumenta considerablemente. Un ejemplo de ello se ha podido
evidenciar en lo que va de este año, contabilizándose hasta el 19 de
junio 986 recurso
s en total, a diferencia de los 688 que ingresaron a la misma fecha de 2019, consignando un incremento del 43 por ciento.

De esta totalidad, hay que diferenciar entre los recursos de protección comunes y corrientes (o denominados civiles) y aquellos
que solamente tienen como objetivo evitar las alzas en los planes de
isapres que son la gran mayoría. Hasta el pasado viernes, se ingresó 865
recursos por planes de isapres, lo que constituye un 44 por ciento más
que lo registrado a la misma fecha de 2019, donde se contabilizó 600
causas.

Recursos fallados

Pero ésos son sólo los que se interpusieron en lo
que va del año. Respecto de la cantidad de recursos que han sido
fallados en 2020 por el máximo tribunal magallánico se registra un
importante crecimiento a diferencia de lo evidenciado el año pasado.

El
principal factor que propició el alza fue que en octubre pasado se
anunció el aumento de la prima GES luego de la incorporación de cinco
nuevas patologías, lo que conllevó a que muchos afiliados

renunciaran a sus contratos. En tanto, 1.274 magallánicos presentaron
recursos en contra de esta decisión, lo que generó una gran sobrecarga
en la corte, sumada a las implicancias del Estallido Social y
posteriormente la crisis sanitaria del Covid-19, resultando que gran
parte de aquellos recursos quedaran sin resolución en 2019 y pasaran a
revisarse este año.

Debido
a lo anterior, se evidenció un incremento de un 361 por ciento en las
causas de protección contra reajustes en planes de isapres que ha
fallado la Corte de Apelaciones de Punta Arenas hasta el viernes pasado,
lo que se traduce en 2.159 recursos en total que han resuelto los
ministros durante el 2020, a diferencia de las 468 que se fallaron en la
misma fecha de 2019.

2.059 magallánicos han sido beneficiados

De
estos, en 2.059 el tribunal de alzada ordenó a las isapres no subir sus
planes de salud, mientras que las otras 100 causas se rechazaron por
diversos motivos, generalmente por temas de plazos.

Al
respecto, el magistrado Álvarez explicó que esta acción judicial llegó a
abrir un “amplio espectro a la justicia”, ya que una persona
normalmente puede recurrir en contra de acciones u omisiones de la
autoridad pública, en cambio aquí también se puede recurrir en contra de
particulares, desde una corporación, una municipalidad, una isapre,
contra el Estado, o contra quien uno estime pertinente, lo que ha
generado una importante sobrecarga laboral.

“Esto
ha implicado una sobrecarga laboral tremenda. Al principio, en todos
los recursos de protección se declaraba la incompetencia en las cortes
regionales y se iba a la Corte de Santiago, porque todas las isapres
tenían su domicilio en la capital. Pero ante la masividad de estas
acciones, las cortes se empezaron a declarar competentes, y los recursos
se ven desde Arica a Magallanes en cada una de las jurisdicciones”,
precisó.

Cabe
señalar que los abogados no suelen cobrar a las personas por tramitar
este tipo de recursos, debido a que ellos se retribuyen al ganar las
costas de cada una de las causas, cuyo monto puede fluctuar entre 100 a
300 mil pesos por cada caso.

Eliminación de preexistencias

Por
otra parte, el 12 de junio la Corte Suprema acogió un recurso de
protección interpuesto por un padre y su hijo menor de edad contra
Colmen
a
Compañía de Seguros de Vida S.A., luego que la aseguradora rechazara
entregar la indemnización de gastos médicos en que incurrió el niño,
argumentando “malformaciones y/o patologías congénitas diagnosticadas o
conocidas por
el asegurado antes de la contratación de la póliza”.

A
raíz de este fallo inédito, desde La Moneda se anunció la eliminación
de la preexistencia en isapres de aquellas enfermedades o condiciones de
salud que se hayan desarrollado antes del nacimiento como por ejemplo,
Síndrome de Down, cardiopatías congénitas y labio leporino.

Al
respecto, el juez Álvarez advirtió que “si ese fallo hubiese sido
dictado por la Corte Suprema estadounidense, a partir de hoy, todas las
personas que están en el sistema de isapres habrían caído las
preexistencias por esa patología y otras más. Pero aquí como el sistema
nuestro es del caso particular, van a tener que recurrir tantas personas
que estén en esa situación, y puedo asegurar que ahora se va a llenar
de recursos”.

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