Más
de cinco años de cárcel arriesgaba el sujeto de iniciales J.M.E.H., un
operario de maquinaria pesada que enfrentó un juicio por presuntamente
amenazar a su cónyuge con una pistola. Sin embargo, los jueces del
Tribunal Oral en lo Penal de Punta Arenas determinaron que no existían
antecedentes suficientes para condenarlo.
Según
la acusación fiscal, el 24 de abril de 2018 el individuo condujo hacia
el domicilio de la víctima y, entre una serie de improperios, la amenaó
de muerte, “que provocaron en ella un fundado temor de que el imputado
cumpliera sus dichos”.
Después
el hombre dio otra vuelta en su vehículo y habría amenazado nuevamente a
la mujer, esta vez exhibiéndole una pistola marca Famae calibre 9 mm.
Aunque el arma estaba inscrita a su nombre, no habría tenido permiso
para portarla en la vía pública.
El
Ministerio Público solicitó una pena de cuatro años de cárcel por
tenencia ilegal de armas y otros 540 días por amenazas en contexto de
violencia intrafamiliar (VIF). Durante el juicio presentó a nueve
testigos –en su mayoría funcionarios de Carabineros– y una serie de
oficios y partes.
La
defensa –representada por el abogado José Miguel Navarrete– argumentó
que el acusado no estaba en Punta Arenas al momento de los hechos. Para
demostrarlo, exhibió el contrato laboral y el reporte de uso de la
máquina retroexcavadora el 24 de abril. Además se sentó en el estrado el empleador para testificar a su favor.
Finalmente,
los jueces se inclinaron por la posición de la defensa y absolvieron al
imputado. “La prueba de cargo –testimonial, documental y otros medios
de acreditación– no ha sido suficiente para establecer los hechos aludidos por el ente persecutor”, se lee en el veredicto.
El
fallo no estuvo exento de polémica. El magistrado José Octavio Flores
estuvo por condenar al individuo por ambos ilícitos, pues consideró que
la prueba fiscal permitía acreditar los hechos. Sin embargo, fue el voto
minoritario.