Abuelastro que abusó sexualmente de niña de siete años fue sentenciado a tres años de cárcel

A
las 13.00 horas de ayer, los jueces del Tribunal Oral en lo Penal de
Punta Arenas dieron a conocer la sentencia en contra de un sujeto, quien
fue acusado como autor de un delito de abuso sexual en perjuicio de la
nieta de su expareja, en hechos que ocurrieron en una fecha
indeterminada en el transcurso del año 2016, cuando la víctima en ese
entonces tenía sólo 7 años de edad.

Según
reza la acusación, la menor visitaba la casa de su abuela emplazada en
el barrio 18 de Septiembre, momento en que el imputado y abuelastro de
la niña, identificado por las iniciales J.A.A.V., aprovechando que no
habían otras personas, o bien, saliendo con ella a negocios cercanos,
procedía a efectuarle tocamientos de significación sexual.

De
esta forma, los magistrados dictaron su veredicto, condenando al
acusado a la pena de 3 años y un día de cárcel efectiva, sólo por un
hecho, que fue perpetrado en un día no precisado del mes de marzo de
2016. Asimismo, resolvieron absolver al mismo sujeto de otros hechos que
también se le habían imputado, supuestamente acaecidos en el año 2015, y
en el año 2016, debido a que la prueba, tanto de la Fiscalía como de la
parte querellante no fueron suficientes para establecer tales hechos, y
menos una presunta participación punible del imputado en los mismos.

Cabe
precisar que tampoco el Tribunal acogió las circunstancias agravantes
de haber cometido el delito con abuso de confianza y de parentesco, que
habían sido invocadas por la abogada María José Avendaño, del Programa
de Representación Jurídica (PRJ) Tus Derechos. Pese a ello, la
profesional letrada aseguró estar conforme con el veredicto
condenatorio, aunque se deberá revisar y estudiar la sentencia para ver
si existe la posibilidad de recurrir de nulidad ante la Corte de
Apelaciones de Punta Arenas.

En
torno a las atenuantes que solicitaba acoger la defensa del acusado, se
acogió la colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos, y
se rechazó la irreprochable conducta anterior, debido a que éste
registra múltiples condenas, siendo sentenciado en 1990 como autor de
daños; en 1993, en Puerto Montt, por el delito de robo en bien nacional
de uso público; en 2002 como autor de conducción en estado de ebriedad;
en 2019 por el delito de lesiones menos graves en contexto de violencia
intrafamiliar y amenazas, siendo condenado en esta última a 541 días,
sin embargo dicha pena fue remitida.

Es
dable hacer presente que, en esta causa, la abogada querellante pedía
una pena de diez años de prisión efectiva, mientras que el fiscal
Fernando Dobson había solicitado cinco años de cárcel.

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