Tras
tres días de juicio, el Tribunal Oral en lo Penal de Punta Arenas
condenó a un sujeto que estranguló y golpeó a su pareja. Aunque
enfrentaba cargos por femicidio tentado, el tribunal recalificó el
delito y lo halló culpable por lesiones menos graves en contexto de
violencia intrafamiliar (VIF).
Los
hechos ocurrieron el 3 de julio de 2021, al interior de un inmueble que
la pareja compartía en Puerto Natales. Tras una discusión, el hombre
apretó con sus manos los hombros de la víctima y la empujó. Después
comenzó a ahorcarla con una mano, mientras que con la otra tomó un
macetero y arrojó la tierra en su rostro y al interior de su boca.
La
víctima perdió por unos momentos la respiración, pero logró huir del
inmueble hacia la vía pública. Según la acusación, el hombre le dio
alcance en las inmediaciones del domicilio y le sacó la ropa, dejándola desnuda. Mientras la mujer estaba en el suelo, el sujeto la agredió con golpes de pies y puño en diversas partes públicas.
La
afectada resultó con escoriaciones en su cuello, labio, cara, pecho y
espalda. También sufrió una pérdida de dermis y una equimosis en su
muslo, entre otras heridas. Todas las lesiones fueron catalogadas de
mediana gravedad por el parte médico.
El
acusado ha cumplido con prisión preventiva. Finalmente, el lunes se
inició el juicio en su contra, con la comparecencia de casi 17 testigos.
La
Fiscalía intentó acreditar que la primera golpiza pudo haber tenido
consecuencias fatales en la víctima. Acusó al hombre por femicidio
tentado y lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar,
solicitando una pena de casi seis años y medio.
Sin
embargo, los jueces resolvieron por unanimidad recalificar la acusación
por femicidio y condenar al hombre por dos delitos de lesiones.
“El
tribunal ha tenido en consideración el mérito de la prueba incorporada
por el Ministerio Público, elementos que han sido de la entidad
suficiente para tener por acreditada más allá de toda duda razonable
únicamente la existencia de los referidos ilícitos”, dice el veredicto.
La
sentencia en contra del acusado se comunicará el 9 de abril. En ella se
debe señalar la pena que cumplirá el acusado y la justificación de los
magistrados para recalificar uno de los ilícitos.