Ayer se dictó sentencia en contra de dos almeceneros que pagaban dinero a una adolescente para obtener servicios sexuales.
Por reunir los requisitos legales, ambos recibieron una pena de cuatro años con el beneficio de la libertad vigilada intensiva, quedando con la prohibición de acercarse a la víctima.
Los acusados J.E.E.P., de 67 años, y G.U.V., de 74, fueron condenados como autores de un delito consumado de obtención de servicios sexuales mediante precio. Por otra parte, fueron absueltos por los jueces Luis Álvarez Valdés, Jovita Soto Maldonado y Guillermo Cádiz Vatcky, del cargo que les fuera formulados en la acusación fiscal como autores del delito reiterado de estupro
El acusado de 67 años, a partir de julio de 2013, en circunstancias que la menor de 16 años, de nacionalidad colombiana, acudía a un almacén del sector de Club Hípico, de propiedad del imputado, éste comenzó a ganarse su confianza y a aprovecharse de las carencias económicas de la víctima. Por ello, señalan los antecedentes, comenzó a entregarle dinero y productos que vendía en su local, a cambio de prestaciones de tipo sexual, desnudándola y tocando sus partes íntimas, lo que se repitió hasta octubre de 2013. En este caso al imputado se le atribuyó el delito de estupro reiterado consumado.
Por su parte, G.U.V, el 2014, cuando la misma víctima acudía a su almacén ubicado en el sector de Playa Norte, donde el imputado se habría acercado a la menor ganándose su confianza, entregándole dulces, alimentos y dinero en efectivo, aprovechándose de la vulnerabilidad de la menor. A cambio, le pedía servicios sexuales, que consistían en desnudarla para realizarle tocaciones en sus partes íntimas. Estos actos que se repitieron al interior del almacén y un baño en reiteradas oportunidades.