Amenazas simples y lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, inducción a una persona menor de edad a abandonar el hogar, estupro (acceso carnal, a un menor de edad, pero mayor de 14 años aprovechando un estado mental perturbado), producción, almacenamiento y distribución de material pornográfico infantil, tráfico ilícito de drogas, al igual que promoción, facilitación de prostitución de menores de edad y obtención de servicios sexuales.
Lo anterior fueron todos los ilícitos discutidos en un juicio llevado a cabo en el Tribunal Oral en lo Penal de Punta Arenas, donde los acusados eran el ciudadano argentino J.A.R.N, el sujeto de nacionalidad dominicana A.R. y el chileno de iniciales S.A.M.L.
Los sujetos fueron condenados por distintos delitos y ayer se informó el detalle respecto de sus sentencias. Sin embargo, cabe indicar que también hubo ilícitos de los que fueron absueltos.
En primer lugar, se informó que J.A.R.N fue absuelto de los delitos de tráfico o difusión de material pornográfico infanto-juvenil y de adquisición o almacenamiento de material pornográfico, promoción o facilitación de la prostitución y amenazas no condicionales supuestamente ocurridos el 29 de julio de 2021 y el 19 de febrero de 2022.
En cambio, J.A.R.N fue condenado a 819 días de presidio menor en su grado medio por inducción de menor a abandono de hogar; seis años de presidio mayor en su grado mínimo por estupro reiterado y producción de material pornográfico infanto-juvenil; cuatro años de presidio menor en su grado máximo por microtráfico de drogas; dos penas de 100 días de presidio menor en su grado mínimo por lesiones menos graves reiterado en contexto de violencia intrafamiliar y 818 días de presidio menor en su grado medio por amenazas no condicionales reiteradas en contexto de violencia intrafamiliar.
En total, deberá estar más de 15 años en la cárcel. Le servirá de abono el tiempo que ha estado privado de libertad con la medida cautelar de prisión preventiva, la cual comenzó el 5 de mayo de 2022, por lo que tiene 490 días a su haber.
A.R. fue absuelto de obtención de servicios sexuales de menores, pero condenado a 818 días de presidio menor en su grado medio por microtráfico de drogas. El sujeto podrá cumplir en libertad, ya que cumple con las exigencias para una pena sustitutiva.
Finalmente, S.A.M.L. fue condenado a 818 días de presidio menor en su grado medio por microtráfico de drogas, lo cual podrá cumplir con libertad vigilada, debido a que cuenta con los requisitos para una pena sustitutiva.
Los hechos
En la acusación, el Ministerio Público señala que J.A.R.N, de nacionalidad argentina y actuales 54 años de edad, en 2021 conoció a una joven de 16 años vulnerable y que es hija de un amigo, accediéndola carnalmente.
El 18 de enero de 2022, la convence de escaparse de casa, lo que le permitió someterla reiteradamente a actos sexuales, e incluso, fotografiarla.
J.A.R.N, A.R y S.A.M.L, entre el 5 de marzo hasta el 5 de mayo de 2022, se dedicaron al tráfico de drogas.
El 5 de mayo, J.A.R.N fue detenido mientras se encontraba con la menor edad, la cual transportaba 17,5 gramos de cocaína y 7,2 gramos de marihuana, además de un millón 162 mil pesos. En el domicilio del acusado, se incautó 330 gramos de cocaína, 6,3 gramos de marihuana y 517 gramos de creatina. En otro domicilio, parte de la investigación se incautó 2,8 gramos de marihuana.
J.A.R.N también fue acusado de varias amenazas y agresiones, en contexto de violencia intrafamiliar, en contra de dos de sus exparejas.
Los nombres y direcciones han sido omitidos para impedir la identificación de las víctimas y evitar una mayor vulneración de sus derechos.