Clan familiar iquiqueño acusado de millonario tráfico de drogas terminó condenado por un delito menor

Un clan familiar que fue investigado por vender droga, ayer recibió un veredicto absolutorio en relación a plantar cannabis sativa, y solo se le condenó como autores de tráfico de pequeñas cantidades de sustancia ilícita.

La investigación partió en el marco de la operación “Cisne Negro Austral”, cuando los detectives de la Brigada Antinarcóticos y el Crimen Organizado (Brianco), de la PDI, detuvieron a uno de los líderes de la banda con 138 gramos de clorhidrato de cocaína en el sector de Tres Puentes, en Punta Arenas, minutos antes de que viajara a Tierra del Fuego.

En Porvenir, en los domicilios de los hermanos iquiqueños, detuvieron a dos mujeres y un hombre incautando 69,8 gramos de cannabis sativa y 16 plantas en estado de crecimiento, de entre 60 centímetros y un metro y medio. También incautaron dinero en efectivo, celulares, balanzas y frascos donde dosificaban y comercializaban la droga.

Todo esto comenzó luego de una denuncia de vecinos de Porvenir, que daban cuenta que los imputados le vendían droga a un menor de edad.

Fue así que los hermanos Christian y Patricio Figaredo Moreno, fueron acusados por el tráfico de drogas con la agravante de ser una organización dedicada a cometer el delito. Estos antecedentes fueron los que se presentaron durante dos días de juicio y que finalmente para los jueces Julio Álvarez Toro, Guillermo Cádiz Vatcky y José Octavio Flores, no fueron suficientes para entregar una condena de la que buscaba la Fiscalía, donde además pedía penas de 8 y 12 años de presidio.

El abogado defensor Juan Carlos Rebolledo alegó que se trataba de un delito de microtráfico de drogas, lo que finalmente acogió el tribunal. “Se trató de un juicio donde la Fiscalía acusó a tres personas por el delito de tráfico de drogas en grandes cantidades, y además a dos de ellos se le acusó por plantación de marihuana. La Fiscalía alegó dos agravantes, una de constituir una asociación, la cual el tribunal acogió por entender que hubo escuchas telefónicas, y la otra de vender droga a un menor de edad. Esta última agravante por deficiencias de la investigación la Fiscalía no acompañó el certificado de nacimiento del menor y el tribunal no tuvo como acreditar que se le vendió a alguien que era menor de edad. Ademas se dictó sentencia absolutoria a las dos personas por el delito de plantación, mientras que por el delito de tráfico se recalificó por microtráfico, dejando un rango de pena de hasta 3 años y no las que pedía la Fiscalía”.

Los tres acusados no tienen opción de cumplir las penas en libertad, por lo que la sentencia se dará a conocer el próximo martes 24 de diciembre a las 13.00 horas.

Luego de esto la Fiscalía y defensa tienen plazo de diez días para recurrir a la Corte de Apelaciones para buscar otros resultados.

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