Clínica tendrá que capacitarse sobre identidad de género por discriminar a dos pacientes

Por
resolución de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas, los funcionarios
de la Clínica RedSalud de Magallanes tendrán que capacitarse respecto
de la Ley de Identidad de Género tras vulnerar los derechos de dos
personas transgénero.


La
Corte acogió el recurso de protección interpuesto por dos personas que
se atendieron en el recinto. Ambos fueron tratados por sus “nombres
muertos”: sus apelativos anteriores a que hiciesen su transición.

Uno
de los recurrentes solicitó una hora a través de la página web para ser
atendido por un médico especialista. Once días después, el sistema de
la clínica lo agendó con su nombre original, pese a que hace más de un
año que había hecho el cambio registral.

Al
día siguiente una funcionaria se dirigió hacia él por su nombre
antiguo. Para corregirle, el paciente le envió su ficha de Fonasa y su
certificado de nacimiento, ambos con su identificación coincidente con
su género. Sin embargo, su médico tratante volvió a llamarlo por su
“nombre muerto”.

El
segundo afectado vivió una situación similar. Hizo el cambio registral
tras vivir su transición y ahora se identifica con un nuevo nombre, el
cual está reconocido en el Registro Civil y Fonasa. Sin embargo, el 15
de septiembre –13 días después del reclamo formal del caso anterior–
pidió atención en RedSalud y le agendaron su hora con la antigua
individualización.

La
persona pidió que rectificasen la información a través de la
documentación oficial. Cuando esperó por su hora en la sala de espera,
el médico lo llamó a través de altoparlante por su “nombre muerto” y el
recurrente sufrió una crisis de pánico.

Representados por la Fundación Selena, ambos presentaron un recurso de protección
ante la Corte de Apelaciones. “Los integrantes de la organización
fueron objeto de hechos discriminatorios por parte de la clínica. Por
motivos de orientación sexual o identidad de género, fueron afectados y
expuestos”, dice la acción.

En
su alegato, el recinto médico reconoció su error y lo acreditó a que la
ejecutiva de ingreso no solicitó las cédulas de identidad ni verificó
la ficha clínica electrónica.

La
sala compuesta por la ministra Paola Oltra, el fiscal judicial Pablo
Miño y la abogada Carmen González acogió el recurso. El fallo indica que
“los hechos denunciados como acción ilegal y arbitraria
se encuentran plenamente acreditados” y dispuso medidas para que la discriminación no se reitere.

En
primer lugar, tendrán que actualizar la información de los pacientes
con su nombre correcto en todas sus plataformas. Además, todos los
profesionales, técnicos y personal administrativo deben ser capacitados
sobre la temática de Ley de Identidad de Género. La clínica tiene un mes
para informar a la Corte sobre su implementación.

Contenido relacionado

Envíanos tu denuncia o información AVISOS ECONÓMICOS