El
martes pasado, Eduardo Leiva Anoni se presentó al juicio oral en su
contra ante un escenario adverso. Arriesgaba siete años de cárcel por
tráfico de drogas y otros 800 días de cárcel por porte ilegal de
municiones. Además, el Ministerio Público solicitaba una multa de casi
cinco millones de pesos.
La
razón se remontaba al 23 de julio de 2020. Ese día, el OS-7 de
Carabineros descubrió 42 plantas de cannabis sativa que crecían en tres
sistemas de cultivo tipo indoor de su domicilio. La droga fue incautada y
pesaba cerca de 1,3 kilos. También encontraron 11 cartuchos calibre 12
marca Saga.
El
día siguiente de su detención, el Juzgado de Garantía de Punta Arenas
ordenó su prisión preventiva. Su reclusión en la cárcel fue brevemente
interrumpida la semana pasada, cuando concurrió a dependencias del
tribunal para el juicio en su contra.
Tras
cuatro días de juicio, los jueces lo declararon inocente de la tenencia
ilegal de municiones y recalificaron el delito de tráfico por cultivo
ilegal de cannabis sativa.
La
sentencia –redactada por el juez Jaime Álvarez y leída ayer– establece
que las balas pertenecían al padre del acusado, quien tenía su escopeta
debidamente registrada.
Además,
los magistrados fundamentaron su decisión en establecer que las 42
plantas de cannabis sativa no estaban destinadas al tráfico.
“No se niega la existencia de la
plantación y cultivo sin autorización de cannabis sativa. Sin embargo,
se le atribuye a ello una finalidad exclusiva de consumo personal para
el acusado y su hija, ambos con diagnósticos médicos que la Fundación
Daya considera aptos para el tratamiento”, dice la sentencia.
De
este modo, los jueces condenaron a Leiva Anoni a 541 días de cárcel y
una multa de 200 mil pesos. Como está privado de su libertad desde julio
pasado, se le abonarán 211 días de prisión, por lo que podrá salir en
libertad en febrero del próximo año.