Ayer,
el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas dio a conocer la
sentencia que deberá cumplir Carlos Elías Muñoz Cárcamo, quien fue
procesado por el Ministerio Público como autor del delito de parricidio
íntimo, con la agravante de ensañamiento.
Fue
las 13 horas -como estaba agendado desde la semana pasada- cuando se
conoció el pronunciamiento del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de
Punta Arenas, que resolvió que el condenado por el femicidio de Raquel
Díaz deberá cumplir la pena de presidio perpetuo calificado, es decir,
el resto de su vida en prisión y con la posibilidad de acceder a algún
tipo de beneficio recién cuando lleve 40 años de cumplida su condena.
El imputado, quien en todo momento se vio tranquilo, vio por cámara, a través de Zoom, la determinación del tribunal.
Fiscal
De
acuerdo con lo señalado por la fiscal Wendoline Acuña, quien lideró el
proceso investigativo junto a la PDI, es primera vez que en Magallanes
se registra una condena tan alta por este hecho: “Muy satisfecha.
Considero que es un éxito para la investigación que realizamos y, por
sobre todo, una pena que se condice con la gravedad del crimen que se
cometió en la persona de Raquel. De manera que esta pena, y según mi
memoria, no tengo recuerdo de un perpetuo calificado con anterioridad, y
es la manera de reparar de algún modo a la familia de Raquel por la
pérdida de su vida”.
Agregó que “el otorgamiento
o no de beneficios queda sujeto a una serie de requisitos. En este
caso, cumplido los 40 años podría recién evaluarse, y optar a obtener
algún tipo de beneficio, pero siempre sujeto al cumplimiento de factores
que evalúen las autoridades”.
Sobre
la primera condena de este tipo, indica que “es histórico. La verdad no
había conocido un caso de perpetuo calificado en nuestra región, y se
condice con la gravedad del crimen, con mucho compromiso en la
investigación por parte de la policía y por el Ministerio Público”.
Por
su parte, la abogada querellante, Natacha Oyarzún, dijo que “como parte
acusadora, acusamos solicitando el presidio perpetuo calificado, y se
hizo por el delito y las agravantes, como el ensañamiento, que el
tribunal acogió. Ahora tenemos la parte resolutiva, que es la sentencia,
y después hay que leerla para ver los fundamentos, y que ahora condena
con la pena más alta que hay en nuestra legislación”.
La
profesional añadió que “es una señal también y, probablemente, el
origen es dar una señal a la comunidad de que este tipo de delitos no
deben ocurrir y que el tribunal acoja la solicitud de la parte
acusadora, porque da cuenta de cómo se ponderan estos hechos, que
concluyen con la muerte de Raquel, la discapacidad que tenía Raquel, una
serie de circunstancias que dieron cuenta del ensañamiento, y las
pruebas que se presentaron y que dieron cuenta de una situación que
generó gran sufrimiento”.
Para
Natacha Oyarzún, “es una señal saber que la aplicación de justicia
funciona. En este caso tenemos una condena que esperábamos. Los juicios
generan un desgaste enorme en las víctimas, recordar un hecho,
evidenciar un hecho y el dolor que esto causa. Como todas las personas
que sufren un delito violento, declaran, quedan muy afectados. Es por
esto que el Centro de Apoyo a Víctimas se encuentra acompañándolos a
ellos desde un inicio, de manera que esto genere el menor impacto
posible”.
Por
su parte, Claudia Guerrero, representante del Programa “Mi Abogado”,
quien respaldó a los hijos de la víctima, se mostró “conforme con el
resultado del juicio. Se dio a conocer la sentencia, y se dictó una pena
de presidio perpetuo calificado, que era lo que el Programa Mi Abogado
estaba solicitando. El tribunal consideró las condenas anteriores del
imputado, como una situación calificante de una extensión del mal
causado, una situación importante de la poca posibilidad de la
reinserción social del imputado, ahora condenado. Para nuestro
representados, era el resultado que esperaban, fue un momento difícil,
revivir toda la situación, momento muy crítico para la familia. Es por
eso que la máxima pena impartida por parte del tribunal era lo que se
esperaba y nos encontramos muy satisfecho que se haya acogido de esta
manera”.
Hechos
Los
hechos, presentados durante la acusación, se remontan a la noche del 12
y madrugada del 13 mayo del 2023 en el inmueble ubicado en Guairabo,
sector de Agua Fresca, Punta Arenas, cuando el imputado Carlos Elías
Muñoz Cárcamo atacó con un elemento contundente a su pareja, la víctima
Raquel Díaz Jiménez, quedando ella herida gravemente. Luego la agredió
con un cuchillo, asestando 10 estocadas cortopunzantes y penetrantes en
su abdomen, al igual que una herida en su muslo izquierdo y manos de la
víctima, ya que ésta intentó defenderse. Debido a este ataque, la mujer
falleció en el lugar.
El
imputado y la víctima habían acudido al lugar en horas de la tarde del
11 de mayo del año 2023, desde el domicilio de la víctima y en el
vehículo de su propiedad, para compartir como pareja en el marco de la
relación de confianza y cariño que supuestamente existía entre ellos.
Luego
de cometer los hechos descritos, y con el objetivo de ocultarlo, el
sentenciado introdujo el cuerpo de la víctima en dos sacos de
polipropileno rojo, trasladándolo en el vehículo propiedad de Raquel
Díaz, hasta la Reserva Magallanes, lugar donde arrojó el cuerpo por una
quebrada, quedando en canal de agua y cubriendo el cuerpo con frazadas,
ramas y un refrigerador.