Conductor que manejó ebrio en cuarentena no podrá sacar licencia en dos años

Ayer,
el Juzgado de Garantía de Punta Arenas condenó a B.F.L.H. por el delito
de conducción en estado de ebriedad y sin licencia de conducir.

Los
hechos de la condena se remontan al 19 julio del año pasado. Durante
esa madrugada, el sujeto fue sorprendido en la intersección de las
avenidas Zenteno y República por personal del Ejército mientras regía el
toque de queda.

En
el control, la autoridad descubrió que no tenía salvoconducto para
transitar por la vía pública. Además, tenía signos de estar ebrio, por
lo que solicitaron la presencia de Carabineros. Los funcionarios
policiales le aplicaron un examen respiratorio que arrojó 1,31 gramos de
alcohol por litro de sangre.

Esa
noche de julio, el individuo no fue el único detenido; otras 9 personas
fueron fiscalizadas por conducir bajo los efectos del alcohol.

B.F.L.H.
fue formalizado por conducción en estado de ebriedad sin licencia e
infracción a las normas sanitarias. En su acusación, la fiscalía
solicitó que cumpliese una pena de 6 años de cárcel y una multa de 32
UTM.

Antes
de que el tribunal dictase sentencia, la defensa solicitó que se
considerase que el imputado no tenía un empleo fijo y estaba en
problemas económicos por el pago de la pensión alimenticia.

Como
pena, el tribunal ordenó que el sujeto no pueda obtener licencia de
conducir durante 2 años. Además, tendrá que cumplir 300 días de presidio
con remisión condicional. Es decir, el castigo de cárcel se sustituye
por el monitoreo del Centro de Reinserción Social de Gendarmería durante
un año.

En cuanto a las
multas, tendrá que pagar 1 UTM por conducir ebrio y 3 UTM por infringir
el toque de queda. Esa pena también puede ser sustituida por la
prestación de servicios a la comunidad, si así lo desea el sentenciado.

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