El
acusado fue sentenciado por los hechos ocurridos el 28 de julio del
2018. En horas de la noche concurrió al domicilio de la víctima, donde
un grupo compartía bebidas alcohólicas, pero no le permitieron el
acceso. Momentos después regresó premunido de una pistola y disparó en
al menos seis oportunidades hacia la vivienda. Uno de los proyectiles
impactó en el abdomen de la víctima fatal.
El
tribunal lo condenó por homicidio y disparos injustificados. Sin
embargo, la defensa recurrió a la Corte respecto a este último delito.
Alegaron que no se interpretó correctamente la Ley de Control de Armas y
que habría un error en el cálculo de penas.
Los
argumentos fueron desestimados por el tribunal de alzada. “Actuaron los
sentenciadores dentro de sus facultades legales, motivo por el cual el
recurso de nulidad interpuesto debe ser desestimado”, resolvieron.