En un fallo unánime, los
ministros de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas rechazaron el
recurso de nulidad interpuesto por la defensa de Luis Acevedo Jiménez,
quien tendrá que cumplir una pena de siete años de cárcel por tráfico de
drogas.
El
acusado fue sentenciado por los hechos ocurridos el 4 de mayo de 2020.
Funcionarios de la Brigada Antinarcóticos de la PDI le descubrieron una
encomienda con 2,3 kilos de clorhidrato de cocaína en su interior. La
droga se ocultaba en un cilindro amarillo que debió ser destruido.
Según
la defensa, la situación corresponde a un delito de microtráfico de
drogas. La sustancia incautada tenía un grado de pureza del 11%, por lo
que los jueces del tribunal oral debieron considerar un decomiso de casi
200 gramos de cocaína.
Bajo
esa teoría, solicitaron a la Corte que se declarase nula la sentencia y
se dictase otra de reemplazo por tres años de cárcel.
Sin
embargo, el tribunal de alzada rechazó el recurso de nulidad. En su
fallo señalan que los sentenciadores calificaron los hechos como tráfico
por la cantidad de droga incautada, su naturaleza y los efectos nocivos
que causa.
“Se
ha de adicionar el elevado valor de dicha sustancia en esta región, las
ingentes utilidades que reportaría su comercialización y el número de
potenciales consumidores finales”, agregan.