Corte confirma sentencia de 10 años de cárcel a condenado que fracturó tibia de su expareja

Los
magistrados del tribunal oral dieron por acreditado los hechos que se
iniciaron el 21 de septiembre del 2019, cuando el hombre golpeó a su
pareja en el rostro y le propinó un puntapié en la canilla que provocó
una fractura de tibia.

El
6 de junio del 2020, el individuo agredió nuevamente en la cara y la
cabeza a la víctima. Aunque le impusieron una orden de alejamiento por
esos hechos, dos meses después quebrantó la medida y volvió a agredir a
la mujer en el sector de la farmacia del Hospital Clínico de Magallanes.

El
hombre fue nuevamente aprehendido. Se le impuso por segunda vez una
orden de alejamiento y el arresto parcial en un domicilio que debía
informar. El 18 de septiembre comunicó a las autoridades la misma
dirección que mantenía la víctima y finalmente lo encontraron
incumpliendo nuevamente la prohibición de acercamiento.

El
juicio en su contra se realizó en noviembre del 2021. Tras rendirse la
prueba, el tribunal le impuso cinco años de cárcel por desacato, cuatro
años por lesiones graves y trescientos días por lesiones menos graves.

Disconforme
con la sentencia, la defensa recurrió a la Corte para que se anulase el
juicio oral. Argumentaron que no se podía dar por acreditada la
fractura de tibia que sufrió la mujer, pues la víctima habría entregado
versiones contradictorias. “Una vez que ponderó la prueba, el tribunal
no concluyó cuál fue la conducta específica usada por el acusado”, aleg
aron.

La
defensa acusó que no se podía dar por probadas las lesiones en la
farmacia del hospital, por supuestamente ser heridas antiguas. Además,
apelaron que el desacato incurrido el 18 de septiembre porque “no
resulta coherente ni razonable” que el acusado informase como domicilio
el lugar que fue forzado a abandonar.

El
recurso fue analizado por los ministros Marco Kusanovic y Paola Oltra,
junto a la abogada integrante Sonia Zuvacich. La sala resolvió descartar
los argumentos de la defensa y confirmar la sentencia del tribunal
oral.

“Los jueces se han
hecho cargo de la prueba rendida y, al valorarla, han indicado los
fundamentos que conducen de manera razonable a la decisión adoptada”,
fallaron.

Contenido relacionado

Envíanos tu denuncia o información AVISOS ECONÓMICOS