El
27 de marzo de 1984, el demandante fue detenido por funcionarios del
Ejército en el centro de Punta Arenas mientras participaba de una
protesta. Durante el procedimiento lo redujeron por la espalda y fue
apuntado con un fusil. Bajo amenazas de disparo fue obligado a tumbarse.
Después lo golpearon y perdió la conciencia.
Despertó junto a otros 89 manifestantes en el calabozo de la antigua
cárcel pública de la ciudad. Lo procesaron por supuestamente incurrir en
un maltrato de obras a funcionarios y estuvo recluido por 22 días.
Durante
su estadía en la cárcel sufrió insultos y escupitajos por parte de sus
custodios. También fue víctima de simulacros de fusilamiento y golpes
que provocaron desmayos. Compartía una celda para dos personas con otros
cinco reclusos. Las luces se mantenían apagadas durante las 24 horas
del día y lo privaron de alimentación razonable.
Revisión
El
10 de febrero, el Tercer Juzgado de Letras de Punta Arenas condenó al
fisco a pagar 100 millones de pesos más reajustes, pero el Consejo de
Defensa del Estado recurrió a la Corte de Apelaciones para que se
revirtiera la sentencia.
Analizado
el caso, el tribunal de alzada resolvió que “se dio por establecido que
a causa de la detención sufrida por el demandante se activó una
sintomatología de carácter postraumático que ha acompañado al actor
hasta nuestros días”.
Los
ministros fijaron en 50 millones de pesos el monto que debe indemnizar
el Estado. La decisión tuvo el voto en contra del ministro Claudio Jara,
quien fue del parecer de revocar la sentencia y rechazar la demanda por
estimar que la acción estaba prescrita.