El
sujeto de iniciales O.G.Z. cumple con prisión preventiva desde mayo de
2019, pero su estadía en el recinto penal se extenderá bastante. Ayer el
Tribunal Oral en lo Penal de Punta Arenas lo sentenció a 18 años de
cárcel por abusar de sus tres hijos.
Las
agresiones sexuales comenzaron en fechas indeterminadas de 2012 y se
extendieron hasta agosto de 2014. Pescador de oficio, el sujeto de 46
años vivía junto a su esposa y sus tres hijos –dos varones y una mujer–
en una casa del sector norte.
El
mayor de los niños comenzó a ser abusado cuando tenía cuatro años,
mientras que sus hermanos mellizos fueron agredidos desde que tenían
tres años. Según los hechos acreditados por los jueces, el padre se
quedaba a solas con ellos, les bajaba la ropa e intentaba accederlos
carnalmente.
Una
de las víctimas fue testigo de los abusos que sufrieron sus hermanos.
Ninguna se atrevía a denunciar lo sucedido porque también vieron
situaciones de violencia intrafamiliar que sufrió la madre.
“A
raíz de estos hechos, que se prolongaron en innumerables ocasiones
durante un período cercano a los tres años, en forma intermitente por el
trabajo fuera de la ciudad que realizaba el padre, los tres niños
presentaron secuelas sicológicas graves”, se lee en la sentencia.
Los
menores quedaron a cargo de una guardadora dispuesta por el Tribunal de
Familia. Su relato ante los jueces fue una de las pruebas consideradas
para acreditar los hechos, al igual que una serie de declaraciones de
peritos, asistentes sociales, psicólogas y cercanos a las víctimas.
Tras
doce jornadas de juicio, el padre fue condenado por tres delitos de
abuso sexual en carácter de reiterado. La pena de 18 años la cumplirá de
manera efectiva. Una vez que salga libre, tendrá que informar su
domicilio cada tres meses durante 10 años.
En un comienzo, el individuo arriesgó 35 años de cárcel. La Fiscalía lo
acusó por dos delitos de abuso sexual y otro por violación impropia.
Sin embargo, el tribunal desestimó la violación a partir de los informes
periciales que tuvieron a la vista. De todos modos, acogieron la
agravante de parentesco y descartaron la irreprochable conducta anterior
del acusado, quien tiene una condena previa que data de 2008.