Serán
ocho años de cárcel los que purgará un electricista de 33 años que
violó a su hijastra adolescente. La pena tendrá que cumplirse de manera
efectiva en el Complejo Penitenciario de Punta Arenas.
El
sujeto fue enjuiciado durante cinco jornadas en el Tribunal Oral. Los
jueces dieron por acreditado el ataque sexual ocurrido en abril del
2021, en el contexto de una celebración familiar.
De
acuerdo a la sentencia, el hombre se quedó con la tutela notarial de la
menor –que tenía 14 años de edad– a comienzos del 2021, pues la madre
se estableció en otra región para encargarse de los cuidados de un
familiar.
El
31 de abril, el condenado concurrió a la casa de su tía junto a la menor
que estaba a su cargo. En el lugar compartieron bebidas alcohólicas y
la adolescente se embriagó. Mientras dormía, el padrastro se recostó a
su lado y la accedió carnalmente.
La
afectada develó los hechos el 7 de junio, cuando le confesó a su madre
por teléfono sobre el ataque sexual. La progenitora le instó a abandonar
la casa y pidió ayuda a una tía del condenado para que se denunciasen
los hechos.
Esa
tarde, el padrastro regresó al inmueble y abrazó a la víctima, quien
pidió permiso para comprar comida. La oportunidad fue aprovechada para
huir hacia el inmueble de la familiar del sentenciado. Ambas fueron al
cuartel de la Policía de Investigaciones y estamparon la denuncia.
La
Fiscalía y la Defensoría de la Niñez intentaron comprobar que la niña
sufrió tocamientos en su zona genital el día en que ocurrió la
develación. Sin embargo, el tribunal estimó que no se pudo acreditar el
delito de abuso sexual a partir de los testimonios rendidos durante el
juicio.
Sobre
la violación, los jueces resolvieron que “del relato entregado por la
víctima, el Tribunal lo aprecia coherente, lógico, verosímil y, en
consecuencia, idóneo para acreditar el hecho probado”.
Aunque
fue condenado a ocho años de cárcel, se le abonan los 242 días que
lleva en prisión preventiva. Una vez que recupere su libertad tendrá que
informar su domicilio durante 10 años a Carabineros. Además, se le
condenó a la interdicción de ejercer la guarda y a ser oído como
pariente de la menor.