“Es esperable que a partir de esta sentencia se sientan reparados y escuchados”

En
una de las condenas más severas dictadas por el Tribunal Oral en lo
Penal de Punta Arenas, el sujeto de iniciales O.G.Z. fue condenado a 18
años de cárcel. Los jueces dieron por acreditados los abusos sexuales
reiterados en contra de sus tres hijos.

Según
el veredicto, el padre –trabajador en faenas pesqueras– inició los
abusos cuando el hermano mayor tenía cuatro años y los dos menores,
entre dos y tres.

“Fue
un caso sumamente complejo”, dice la abogada Claudia Guerrero. En su
calidad de querellante por el PRJ Tus Derechos, ella representó a los
menores durante el juicio. “Uno tiene que entender que los niños a esa
edad no comprenden lo que está pasando en sus cuerpos, no comprenden que
alguien que tiene el deber de protegerles, de cuidarlos, les está
haciendo algo que no corresponde,
algo que es malo, y que las personas llamadas a cuidarlo no lo hacen”.

Se acusó por violación, pero se condenó por abuso sexual reiterado. ¿Qué diferencia hay?

“En
la violación existe una penetración y en los abusos sexuales, no. La
complicación que existió durante el juicio fue que no se logró comprobar
la existencia de una penetración, principalmente por la dificultad de
la prueba en el transcurso del tiempo. Es muy difícil que un tribunal
logre generar un estándar más allá de toda duda razonable de que ese
hecho ocurrió”.

–¿Cuánto era lo que esperaban?

“Solicitamos presidio perpetuo simple, que el condenado pueda optar en 20 años a la libertad. La Fiscalía pedía 35 años”.

¿Están conformes con los 18 años, considerando que a los nueve podría salir libre?

“Efectivamente,
puede optar a una libertad condicional cuando esté en los nueve o 10
años. En virtud de todo lo que se sufrió para llegar a esta instancia y
llegar a una condena, estamos conformes.

¿Qué se puede hacer para rehacer la vida a una víctima en estas situaciones?

“Es
una pregunta muy difícil de responder, porque depende de las
circunstancias individuales que vayan recibiendo del grupo familiar. Es
esperable que a partir de esta sentencia ellos se sientan reparados y se
sientan escuchados. Por eso era tan importante llegar a una sentencia
como esta”.

Denuncias previas

Aunque la causa formal se inició el 2018, hubo dos denuncias previas que fueron archivadas por la Fiscalía por retractaciones.

¿Cómo se pudo archivar el caso?

“Desde
el punto de vista penal, creo que existen graves falencias para la
protección de las víctimas. Si bien la Fiscalía cumple su papel en base
al principio de objetividad, en la actualidad las víctimas a nivel
constitucional no están debidamente representadas. Nuestro sistema
procesal penal está ideado de una manera muy garantista para proteger
los derechos de los imputados, pero desde el punto de vista de la
víctima -y más aun de los niños- no están protegidos”.

¿Hubo falencias en la investigación en la primera denuncia?

“Creo
que no, porque la investigación que se realizó fue en base a las
herramientas que el Ministerio Público tenía a su alcance. Por ejemplo,
al niño se le tomó una entrevista de manera escrita y se le envió a
hacer un examen sexológico y una pericia de índole psicológico, donde el
niño se retracta”.

Y ahora, ¿hay mejores herramientas?

“Ahora el niño tendría una entrevista investigativa videograbada, las herramientas cambiaron. No enviarían al niño a realizarse una pericia”.

Contenido relacionado

Envíanos tu denuncia o información AVISOS ECONÓMICOS