Según
se explicó, el hombre instaló una cámara de seguridad en la pieza de la
niña sin tener el permiso de ésta, ni tampoco de la madre.
Por
lo mismo, inicialmente se creía que el hombre habría incurrido en el
delito de almacenaje pornográfico infantil. Sin embargo, tras las
diligencias correspondientes se recalcó que se acerca más
al almacenaje de material audiovisual donde aparecen menores de edad
sin la autorización correspondiente, al menos eso fue lo que pudo
comprobar el Ministerio Público.
Como
no se le pudo configurar en su totalidad el tipo penal, se ofreció una
suspensión condicional de la causa por un año, con el hombre teniendo
que informar su domicilio, cualquier cambio de este y el no tener que
ser formalizado por ningún delito mientras esté sometido a esta
facilidad legal.