Habían
estado compartiendo una jornada agradable la pareja comprometida y el
hermano del imputado. Así iba la noche hasta cerca de las 4 de la
mañana, cuando el hombre, luego de varios tragos, comienza a mostrarse
violento y desagradable, acusando a su mujer de que a ella le gustaba su
familiar presente.
La
actitud del hombre persistió y, acto seguido, comienza a golpear a su
pareja con puños, tirándole del pelo, causando, según la terminología
médica, lesiones leves en el rostro y tórax de la mujer. Ella, asustada y
dolida por esta situación, abandona el lugar y llama a Carabineros para
pedir ayuda, que acude al lugar para proceder a la detención del
sujeto.
El
fiscal calificó como consumado el delito de lesiones hechas en contexto
de violencia intrafamiliar, lo que atenta contra el artículo 149 del
Código Penal.
Prosiguió
solicitando medidas cautelares que contemplan el abandono del hogar
común por parte del imputado, alejamiento de éste de la víctima, ya sea
en el trabajo, entorno laboral, como cualquier otro espacio. Además se
consignó que el imputado no puede contactar a su esposa por ningún
motivo ni medio hasta el día de la próxima audiencia; caso de que
incumplir cualquiera de los requerimientos solicitados por la fiscalía,
el imputado incurriría en el delito de desacato, arriesgando hasta 5
años de cárcel.
Por
otro lado, la defensa señaló que la víctima habría denunciado a su
esposo a Carabineros con el fin de que éste recapacite y de que asista a
un tratamiento por sus conductas con el alcohol. Cabe señalar que el
imputado cuenta con otra causa precedente en 2011, también por violencia
en contexto intrafamiliar. Estos antecedentes serían relevantes para la
audiencia que será realizada el 20 de abril.