Cuatro días
después de condenarlo, el Tribunal Oral en lo Penal de Punta Arenas
tomó una decisión respecto al castigo que cumplirá Daniel Alarcón
Barría: 6 años de cárcel por robo en lugar habitado y 61 días de
presidio por violación de morada.
Aunque la pena será cumplida de forma efectiva, se le abonarán los 417 días de reclusión, debido a que cumplía con prisión preventiva desde el 15 de enero del año pasado.
En
la madrugada de aquel día, el joven ingresó ilegalmente a un domicilio
ubicado en calle Patagona de Punta Arenas. Quebró una ventana de la
cocina e ingresó, quedando parcialmente herido de cortes. Subió al
segundo piso de la vivienda y, en la habitación de la dueña de la casa, comenzó a acopiar especies.
El
condenado se vio sorprendido por la propia víctima, quien conducía de
regreso hacia su casa. Desde la calle, vio cómo un extraño hurgaba entre
sus cosas en su habitación.
Los
gritos y llamadas de auxilio alertaron al condenado quien, nervioso,
agarró sólo un celular y unas tijeras para cortar comida y bajó
rápidamente al primer piso. Abandonó la casa desde el mismo lugar donde
entró, para después saltar el cerco perimetral hacia la casa colindante.
Mientras
una familia dormía en la vivienda, el sentenciado decidió esconderse en
su patio. Sería demasiado tarde. Advertidos por la denuncia de dos
víctimas, Carabineros llegó a su escondite y lo detuvo.
La
sala compuesta por los jueces Julio Álvarez, Guillermo Cádiz y José
Octavio Flores dio por acreditado los dos delitos por la fiscalía. Según
la sentencia, hay un robo en lugar habitado debido a que “un sujeto se
apropió de especies ajenas –un teléfono y una tijera– con ánimo de lucro
y que se encontraba al interior de una casa”.
Además,
se le acreditó el delito de violación de morada debido a que
“corresponde a una casa habitada” y “el ingreso se efectuó contra la
voluntad de su dueña”.
Alarcón
Barría tiene 20 años y no tenía antecedentes penales como adulto, por
lo que su defensa solicitó al tribunal que considerase la atenuante de
“irreprochable conducta anterior”.
Sin embargo, esa opción –que lo pudo beneficiar con el mínimo de las penas– fue desechada por el tribunal. Los jueces consideraron las 8 sentencias que tiene como adolescente, que incluyen robos con violencia y robo en lugar no habitado.
“Si
bien dichas sanciones juveniles lo fueron bajo un régimen especial y
diferenciado, en esencia constituyen un reproche jurídico que impiden en
todo caso considerar su conducta anterior como irreprochable”, dice la
sentencia.