Juzgado declaró inadmisible querella de Esquivel por video que incitaba a “saltar torniquetes”

A
inicios de este mes, el abogado Mario Esquivel Lizondo interpuso ante
el Octavo Juzgado de Garantía de Santiago, una querella criminal en
contra de la Defensora de la Niñez, Patricia Muñoz, en la cual invocó la
Ley de Seguridad Interior del Estado.

¿El
motivo? Se trata de un video de nombre “El llamado de la naturaleza”,
que forma parte de un spot publicitario difundido por aquel organismo,
en el contexto de la “Campaña de Derechos 2020”, en torno a la
conmemoración de los 30 años de la ratificación en Chile de la
Convención de los Derechos del Niño, el cual buscaba la promoción y
protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes. Precisamente,
en la letra de aquel registro, se expresa “Siento que debes empoderarte
y volar. Saltarse todos los torniquetes”

Respecto a dicha metafórica
frase, se originó una polémica que hizo recordar la acción que
efectuaron miles de estudiantes secundarios en octubre de 2019 evadiendo
el pago del Metro, lo que inició el estallido social en Chile, tras
el alza del pasaje del transporte público en Santiago.

Por
lo anterior, el jurista magallánico presentó la acción penal, sin
embargo, el magistrado Leonardo Valdivieso Lobos, del tribunal antes
mencionado, resolvió declarar como inadmisible el documento.

Respecto
a esta decisión, se argumentó que resultaba “inconcuso (es decir que no
admite duda) que el abogado carece de legitimación activa para ejercer
esta acción penal, desde que no detenta ninguna de las magistraturas
allí descritas, ni se trata de la persona afectada. Y si bien el actor
sostiene que es víctima de los hechos denunciados en tanto ciudadano que
contribuye con el erario nacional, es indudable que el citado artículo
26 hace alusión a quien fuere víctima directa de aquellos delitos, como
lo sería, por ejemplo, aquella autoridad a quien se le arrancare
“resoluciones por medio de la fuerza” o en contra de quien se ejerciere
actos de “odio o de venganza en su persona o bienes”. No podría
entenderse de otra forma, pues, de otro modo, cualquier persona podría
efectuar denuncia o deducir querella, privando de todo efecto la
limitación prevista en la referida disposición”.

La
resolución de esta acción fue ampliamente comentada en redes sociales, e
incluso el exfiscal Carlos Gajardo manifestó: “Tribunal declara
inadmisible querella contra Defensora de la Niñez por Ley de Seguridad
Interior del Estado. Sólo la puede interponer el Ejecutivo. Le puso un 1
a ese abogado. A estudiar Derecho por ignorante”.

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