El
alegato de clausura es la parte final de un juicio, donde cada
interviniente da cuenta resumidamente a los magistrados de las
conclusiones de la prueba presentada, tanto para que se llegue a un
veredicto condenatorio o absolutorio, dependiendo de cuál sea el caso.
Ayer,
pasadas las 11,30 horas, el fiscal Felipe Aguirre empleó sus últimos 45
minutos para intentar lograr que los jueces del Tribunal Oral en lo
Penal de Punta Arenas acojan la numerosa prueba que presentó y exhibió
tras un extenso juicio que se ha prolongado
por 30 días, con el único objetivo que ha perseguido desde inicios de
este año: que se declare culpable a Marcelo Mandujano Salas, como autor
de los delitos de desórdenes públicos e incendio de las oficinas de la
AFP Habitat, ocurrido durante la tarde-noche del martes 12 de noviembre
de 2019, hace un año.
El
persecutor destacó que las pruebas y el debate jurídico han estado
alejadas de cualquier tipo de situaciones de carácter político,
criticando que “ha habido personas que no han entendido esto, que han
tratado de manifestar sus opiniones, pero este es un juicio de derecho,
donde se analizan los antecedentes, los medios de pruebas y las
conclusiones a las que el Tribunal tiene que llegar”.
Se
basó en las “condiciones propicias” para que el joven estudiante de la
Universidad de Magallanes (UMAG) perpetrara estos delitos, que –según su
opinión- le otorgaron “un cierto grado de impunidad”, recordando los
videos exhibidos de las referidas manifestaciones acaecidas el día de
los hechos, y donde la gran mayoría de personas estaban encapuchadas.
Explicó
que el incendio no se produjo de forma azarosa o circunstancial, sino
que existía un motivo de fondo, apuntando a la animadversión y odiosidad
hacia ciertas entidades, indicando que “eso no justifica el uso de esta
violencia” en las referidas instalaciones siniestradas, lo que habría
refrendado en su prueba al demostrar que el acusado formaba
–supuestamente- parte de un sitio que “tenía una vertiente anarquista”,
asegurando que se “llamaba a quemar la ciudad”.
“El lenguaje construye realidades”
Criticó
Aguirre que por parte de la defensa de Mandujano se habría tratado de
construir a través del lenguaje ciertas realidades como que el control
de identidad que se le efectuó al imputado el 28 de noviembre de 2019
por efectivos de la PDI habría sido ilegítimo, viciado o ilícito, y
otras situaciones que calificó como de “falta de integridad, de
adulteración o alteración de los medios de prueba”, acuñando la frase
“el lenguaje construye realidades”.
“Toda
la pirotecnia o el despliegue argumentativo que puedan establecerse en
un juicio es necesario transformarlo en medios de prueba que puedan
acreditar los puntos que se pretende llevar a la consideración del
Tribunal. No hay ni un solo medio de prueba que se haya producido en
este juicio y que haya establecido la ilegalidad de un control de
detención, la ilegalidad de un testimonio de un testigo protegido, y
menos la ilegalidad o la falta de registros o cadenas que lleven a
establecer una posible alteración de la prueba”, apuntó.
Atacó estrategia de la defensa
Sacó
a colación que Mandujano no actuó solo en este delito y abrió el
cuestionamiento expresando: “Yo me pregunto, ¿por qué no vinieron a
declarar hoy esas personas que estaban con el acusado cuando se le
controló la identidad?” En este sentido, atacó la estrategia del
defensor Juan Carlos Rebolledo, indicando que en las audiencias previas
al juicio nunca se había realizado alguna observación a las pruebas que
–eventualmente- inculpaban a su representado, hasta el desarrollo del
juicio mismo, señalando Aguirre que “incluso puso en duda el mismo
testimonio de su representado que había declarado el primer día del
juicio, tratando de decir que las cosas no habían sido de la forma en
que se plantearon en el inicio del juicio”.
Se
apoyó en que el control de identidad que se le practicó al joven fue
legítimo, basado en que a esa fecha ya existía una orden de
investigación, además de los indicios de las características físicas,
las mismas prendas y accesorios que portaba el imputado tanto el día de
la fiscalización, durante el incendio y en una intervención en la que habría participado en el Cementerio Municipal.
Por
otra parte, el persecutor adujo que debía descartarse que el fuego haya
comenzado antes de que Mandujano produjera el incendio, sosteniendo su
tesis con un video exhibido y con la declaración de un perito, que
concluyó que no se establecieron otros focos.
Desestimó
el alegato de su contraparte de que haya habido alteración o falta de
integridad de los medios digitales de prueba, los cuales fueron
proporcionados por diversos testigos, entre ellos de la policía,
Bomberos y de la Municipalidad de Punta Arenas, entre otros. También
reafirmó que se pudo acreditar el modus operandis y que hubo
intencionalidad en el actuar.
Tras concluir con sus ideas, fue el turno de los abogado