Un
nuevo revés tuvo el auto de procesamiento que busca determinar
responsabilidades penales en la presunta sustracción de Ricardo Harex
González, un joven de 17 años al que se le perdió el rastro en 2001.
Ayer,
la Corte de Apelaciones acogió la apelación interpuesta por la defensa
de Héctor Peña Monsalves, un oficial de Carabineros en retiro que fue
procesado como encubridor del delito de sustracción de menores.
En
fallo unánime la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por la
ministra María Isabel San Martín, el ministro Jaime Álvarez y la abogada
(i) Carmen González– dejó sin efecto el auto de procesamiento por,
entre otras consideraciones, no encontrarse debidamente justificada la
existencia del delito base; es decir, la sustracción de un menor de edad
por parte de terceros.
“No
encuentra sustento material efectivo en la prueba que menciona, pero
sobre todo en los hechos que da por probado, al sostener únicamente la
desaparición de Ricardo Harex González, sin que describa hechos
positivos de terceros en tal desaparición, esto es, en términos que la
misma, pueda constituirse ‘justificadamente’ en la figura penal de
sustracción de menores a que también alude, pero sin conectar el hecho
material innegable del ‘desaparecimiento’ de aquel menor de entonces 17
años, con el hecho de consecuencias jurídicas de ‘sustracción’ por parte
de terceros, quedando desprovista tal afirmación de todo sustento
fáctico y legal”, razona el tribunal de alzada.
Además, la Corte consideró el hecho que el carabinero
prestó declaración en tres ocasiones en calidad de testigo y no de
imputado. Según el fallo, ello contraviene la ley “en cuanto no solo a
la previa declaración que ha de tomársele antes de poder ser sometido a
proceso, sino que además ella no puede efectuarse bajo juramento”.
La
Corte de Apelaciones ya anuló el procesamiento de otros dos exoficiales
de Carabineros y dos sacerdotes salesianos, incluyendo el exobispo de
Punta Arenas, Bernardo Bastres. La causa continúa respecto a dos funcionarios y un cura.