Dos
hombres que fueron condenados por traficar cocaína y marihuana en los
principales muelles de Punta Arenas podrán purgar su pena en libertad.
Aunque el Juzgado de Garantía les impuso cuatro años de cárcel efectiva,
la Corte de Apelaciones revocó la sentencia y modificó el modo de
cumplimiento por la libertad vigilada intensiva.
Con este fallo, los sentenciados tendrán que someterse a un programa de intervención individual diseñado por el Centro de Reinserción Social de Gendarmería.
El caso
Los
acusados Alexis Rojas Ríos y Raúl Toledo Meza fueron condenados por
tráfico de drogas. De acuerdo con la carpeta investigativa, ambos
comercializaron sustancias entre enero y octubre del 2021 en los muelles
Prat y José de los Santos Mardones, además del domicilio que compartían
en el Barrio San Miguel.
Los
consumidores eran tripulantes y empleados portuarios. De acuerdo con lo
señalado por la Fiscalía cuando fueron reformalizados en marzo,
traficaban “aprovechando el conocimiento de la dinámica del puerto, las
jornadas de los trabajadores y las medidas de seguridad”.
La
detención se concretó el 16 de octubre de 2021. Carabineros allanó su
domicilio y descubrió 285 gramos de cocaína y 76 gramos de marihuana.
También se decomisó un vehículo, una báscula digital y bolsas
dosificadoras.
Informes favorables
Tras
casi 9 meses en prisión preventiva, los acusados fueron enjuiciados en
un procedimiento abreviado. El tribunal les impuso cuatro años de cárcel
y una multa de 30 UTM (cerca de 1.740.000 de pesos).
La
defensa recurrió a la Corte de Apelaciones para revertir la sentencia.
Según el recurso, los condenados cumplen con los requisitos para cumplir
su castigo en el medio libre, pues el propio Consejo Técnico de
Gendarmería recomienda la pena sustitutiva.
En
una decisión unánime, la sala compuesta por la ministra Caroline
Turner, el fiscal judicial Pablo Miño y el abogado integrante Osvaldo
Oyarzún falló a favor de la defensa.
“Un
órgano técnico y altamente especializado ha emitido una opinión
favorable respecto de su aptitud personal para cumplir la pena impuesta
bajo la sanción sustitutiva en análisis”, dice el fallo.