El
máximo tribunal del país zanjó la polémica entre la Asociación de
Trabajadores Municipales (Astramupa) y la por entonces alcaldesa
suplente María Elena Blackwood. La Corte Suprema confirmó la sentencia
de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas, que había rechazado el
recurso de protección interpuesto por el gremio de funcionarios.
El
conflicto judicial se remonta a comienzos de mayo. La Astramupa
recurrió a la Corte de Punta Arenas en contra de un decreto que los
obligaba a retornar a labores presenciales. Acusaron que la medida
“arriesga la salud de los funcionarios municipales y del público general
que accede a los servicios”.
Además,
el recurso interpuesto en contra del municipio establecía que el
decreto no consideraba medidas de resguardo para los distintos rangos
etarios.
El 29
de junio, los ministros de la corte Víctor Stenger y Marta Jimena Pinto
resolvieron que el reclamo no tenía sustento legal. El decreto, que
sería “arbitrario e ilegal”, según la Astramupa, ya no tenía vigencia
porque Punta Arenas había avanzado a fase 2.
Además,
la Corte estableció que “la municipalidad está dando cumplimiento a las
instrucciones impartidas en materia sanitaria, entre ellas las
tendientes a resguardar la salud de los servidores públicos”.
Descontentos
con el fallo, el gremio apeló a la Corte Suprema. El caso fue analizado
por la Tercera Sala, dedicada a materias constitucionales. En un fallo
unánime, los cinco ministros que compusieron la sala confirmaron la
sentencia en alzada.