Tío que abusó de menor de seis años es condenado a 10 años de cárcel

Este miércoles el Tribunal de Juicio Oral de Punta Arenas dio lectura a la sentencia
en contra del sujeto de iniciales C.E.E., quien fue condenado por abuso
sexual reiterado y violación impropia.

La
sala compuesta por los jueces José Octavio Flores, Luis Enrique Álvarez
y Jaime Álvarez lo condenó a una pena única de 10 años y un día de
prisión.


Una
vez que salga de la cárcel no podrá desempeñarse en labores vinculadas a
menores de edad y tendrá que cumplir con otros 10 años de monitoreo por
parte de la autoridad.

“La
Fiscalía está conforme con esta condena. Se condice con la gravedad de
los hechos que se le acusaron al señor C.E.E.”, manifestó la fiscal
encargada del caso, Wendoline Acuña, tras conocer la sentencia.

Abuso de confianza

El condenado fue llevado a juicio por hechos que ocurrieron entre 2008 y 2009. Llegado a Punta Arenas por
motivos labores, tuvo problemas domésticos en la casa donde vivía, por
lo que su prima accedió a que viviese con él durante una temporada.

Durante
los años mencionados el imputado abusó reiteradamente de la hija de su
familiar. La menor –que tenía entre 6 y 7 años de edad– sufrió
tocamientos en sus zonas íntimas y en otras partes del cuerpo. Las
agresiones sexuales fueron escalando en violencia hasta el último
episodio, cuando fue obligada a practicarle sexo oral al condenado.

“Le
hizo creer a la niña que estas conductas libidinosas y de clara
connotación sexual eran juegos, y ella tenía que acceder a estos porque
sus padres también hacían estos juegos. Logró disuadir a la niña para
hacer sus actos, los que fueron aumentando en gravedad”, manifestó la
fiscal Acuña en su alegato inicial.

Por los tocamientos, el Ministerio Público acusó al imputado por abuso sexual reiterado a menor de 14 años y solicitó una pena de ocho años de cárcel. También le cargaron un delito de violación por vía bucal, por el que solicitaron otros cinco años.

Finalmente,
los jueces decidieron condenar a C.E.E. por ambos ilícitos con una pena
única de 10 años y un día de presidio. Además acogieron la solicitud de
la parte querellante Programa
de
Representación Jurídica (PRJ) Tus Derechos e impusieron la agravante de
abuso de confianza, al tratarse de una relación familiar entre
condenado y víctima.

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