Tres años y un día de libertad vigilada intensiva para hombre que abusó sexualmente de menor

Ayer
se hizo la lectura de sentencia informando que el condenado deberá
cumplir la pena única de tres años y un día de presidio menor en su
grado máximo, más las accesorias de inhabilitación perpetua para
derechos políticos, al igual que puestos para educación o que involucre
el contacto con menores de edad e inhabilitación absoluta durante el
tiempo de la condena al cargo y oficios públ
icos.

En
la audiencia se informó que el condenado reúne los requisitos del
artículo 15 bis de la Ley 18.216, por lo que estará bajo libertad
vigilada intensiva por el periodo antes mencionado. “Se impone al
condenado la pena de sujeción a la vigilancia y orientación permanente
de un delegado por el periodo fijado, teniendo que cumplir todas las
normas de conducta e instrucciones de quien imparta, respecto a
educación, trabajo, morada, cuidado de núcleo familiar, empleo del
tiempo libre y cualquier otra pertinente para una eficaz intervención
individualizada. Así mismo, se le impone la prohibición de comunicarse y
acercarse a la víctima, al igual que la obligación de cumplir un
Programa de Educación Sexual que deberá desarrollar en una institución
pertinente”, dijo la jueza que leyó el fallo, indicando además que el
sujeto deberá pagar los costes de la causa.


La
acusación indica que los hechos del delito fueron en julio de 2017. El
condenado, junto a su familia, se encontraba de vacaciones en la Región
de Magallanes, por lo mismo concurrieron de visita a la casa de su
cuñada (hermana de su pareja). El hombre estando en el inmueble
referido, realizó actos de significación sexual en contra de la hija de
su cuñada quien en ese entonces tenía 13 años.

Si
bien el condenado y la víctima no son parientes por consanguinidad, el
nombre del hombre es omitido para evitar dar información donde se pueda
descubrir la identidad de la joven.

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