A
las 11 horas de ayer, los magistrados José Octavio Flores, Julio
Álvarez y Jovita Soto, quienes integraron el Tribunal Oral en lo Penal
de Punta Arenas, declararon culpable por el delito de homicidio simple
al imputado Jeffrey Velasco Herrera, un sujeto de 30 años que fue
acusado por el Ministerio Público como autor de un asesinato que ocurrió
a mediados de junio del año pasado y que terminó con la vida de un
joven motorista en pleno centro de Punta Arenas.
Cabe
recordar que el fatídico hecho se desencadenó la tarde del domingo 23
de junio de 2019, al interior de la sede de motociclistas Hells Angels
situada en calle Balmaceda, lugar donde tras encontrarse cara a cara con
la víctima identificada como Robinson Triviño Gallardo (32), se produjo
una discusión, instancia en que ambos salieron del inmueble y se
dirigieron hacia la vía pública.
En aquel lugar se inició una reyerta en la cual Triviño utilizó un
rebenque, mientras que el acusado extrajo una cortapluma tipo mariposa,
con la cual le propinó 12 estocadas a la víctima, resultando con
lesiones en sus manos y su cuerpo, específicamente en la zona torácica.
Tras algunos minutos, y al observar el grado de sus lesiones, la persona
herida abandonó el lugar y llegó por sus medios hasta las afueras de su
domicilio que quedaba a pocos metros del sitio del suceso, lugar donde
su propia familia le brindó los primeros auxilios, solicitando la
concurrencia de una ambulancia del Samu, y falleciendo a los pocos
minutos.
Luego de tres días de juicio oral, los jueces –por unanimidad- dictaron su veredicto condenatorio sólo por el delito
de homicidio simple, desestimándose la alegación de la defensa de no
haber existido por parte de su representado dolo de matar, sino solo de
lesionar, en atención a la dinámica de la agresión, la idoneidad del
arma empleada, la multiplicidad del resultado lesivo y la relación de
causalidad de éste con el fallecimiento de la víctima.
A la vez, se
resolvió absolver al imputado por el otro ilícito que fue acusado
inicialmente, de porte ilegal de arma cortante, y tal decisión se
fundamentó en la observancia de la provisión de doble castigo por un
mismo hecho.
Rechazo
Asimismo,
los magistrados rechazaron eximente de responsabilidad penal que tenía
relación con la legítima defensa, la cual fue invocada y argumentada por
el abogado defensor Juan José Arcos, aunque se acogió parcialmente como una circunstancia atenuante.
“El devenir
de los hechos observados en los registros de video y de dos testimonios
no permiten tener por acreditada ni la necesidad racional de medios, ni
la falta de provocación suficiente de su parte, ambas exigencias
igualmente necesarias para producir la justificación de la conducta ilícita”, explicó el magistrado José Octavio Flores.
El Ministerio
Público solicitó en este caso una pena de 12 años de cárcel efectiva,
situación que se conocerá en la audiencia de lectura de sentencia,
instancia que quedó agendada para el próximo martes 28 de julio a las
15.30 horas.