Tribunal ordena indemnizar en $130 millones a víctima de torturas en Dictadura

El
Tercer Juzgado de Letras de Punta Arenas condenó al fisco a pagar 130
millones de pesos a Cecilia Fanjul Lizarralde, quien fue víctima de
detenciones ilegales, torturas y violencia sexual durante la Dictadura
Militar.

Según
la sentencia, la víctima era dirigente política desde sus tiempos de
estudiante en la Escuela María Auxiliadora y el Liceo de Niñas.

Cuando
ocurrió el Golpe de Estado cursaba agronomía y veterinaria en la
Universidad de Chile. Tenía 20 años. Esa mañana, funcionarios del
Ejército la capturaron y la trasladaron al Regimiento de Caballería de
San Felipe. En sus 10 días de cautiverio fue sometida a golpes, patadas,
culatazos y trato denigrante.

Aunque
recuperó su libertad, en enero del 1974 volvió a ser detenida cuando se
encontraba en una quinta de Olmué. Estuvo recluida durante dos meses en
el Cuartel Almirante Silva, donde agentes del Estado la interrogaron a
punta de golpes, aplicación de electricidad y vejaciones sexuales.

En
febrero del 1974, la víctima fue abordada en el buque de la Armada
AP-47 “Aquiles” para ser trasladada a Punta Arenas. “Esta travesía que
duró 12 días fue la peor de sus torturas”, dice la demanda, que describe
intentos de violación y violencia física.

En
Magallanes fue recibida por agentes del Servicio de Inteligencia
Militar (SIM) de Punta Arenas. En las dos semanas siguientes fue
sometida a nuevas torturas en el Regimiento Ojo Bueno, la Casa del
Deportista y la Clínica 21 de Mayo.

“La actuación de los agentes constituyó una falta de servicio”

El
juez Javier Toledo Vildósola estuvo a cargo de impartir justicia. Tras
tramitarse durante casi un año la causa, el magistrado dio por
acreditado el daño moral sufrido por la demandante y fijó en 130
millones de pesos la indemnización a pagar por el fisco.

“Se
debe dejar por establecido en esta sentencia que la actuación de los
agentes del Estado constituyó una falta de servicio”, dice el fallo.

El
magistrado agrega que “es deber de los órganos del Estado respetar y
promover tales derechos, garantizados por esta Constitución, así como
por los tratados internacionales ratificados por Chile y que se
encuentren vigentes”.

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