Volvió a la cárcel exboxeador que había sido beneficiado con la libertad condicional en 2018

El
24 de octubre de 2018, el exboxeador Aeladio Cristián Ampuero Díaz
recibió, junto a otros internos del Complejo Penitenciario de Punta
Arenas, el beneficio de la libertad condicional, tras haber sido
condenado en 2008 por el Tribunal Oral en lo Penal de la ciudad como
autor del delito reiterado de robo con violencia (tres asaltos), a una
pena de cárcel efectiva de 12 años, 6 meses y 4 días.

Previamente,
a Ampuero Díaz, la Comisión de Libertades Condicionales le había
revocado tal beneficio el 31 de enero de 2017, por lo que debió
reingresar a cumplir de manera efectiva la pena a la que fue condenado
en 2008, no obstante en 2018 tuvo su segunda oportunidad.

Casi
dos años alcanzó a estar en el medio libre hasta este viernes, momento
en que fue arrestado por efectivos policiales por el delito de desacato
en contexto de violencia intrafamiliar, debiendo comparecer en audiencia
de control de detención por videoconferencia.

Los hechos

Según
los antecedentes expuestos por el fiscal Sebastián González, el hecho
acaeció a eso de las 21.00 horas del viernes, cuando la víctima se
encontraba en su domicilio de calle Bellavista, momento en que llegó
hasta dicho lugar su hijo –en este caso el imputado- identificado como
Aeladio Cristián Ampuero Díaz, quien estando bajo la influencia del
alcohol comenzó a golpear de manera insistente la puerta de la vivienda,
transgrediendo así las medidas cautelares de hacer abandono del
domicilio y la prohibición de acercarse a su madre, la que había sido
decretada por el Juzgado de Garantía de Punta Arenas el pasado 29 de
julio.

Debido
a lo anterior, la mujer solicitó la concurrencia del personal de
Carabineros, quienes al llegar al sitio del suceso se encontraron con el
imputado, logrando capturarlo y detenerlo en el lugar, pese a que éste
opuso tenaz resistencia.

Por
estos hechos, el persecutor le solicitó al magistrado Cristián Armijo
enviar a la cárcel al imputado, esgrimiendo que su conducta
representaría un peligro tanto para la seguridad de la sociedad como de
la víctima, asimismo existiría un evidente riesgo de fuga.

Reincidencia

Argumentó
que en el caso de Ampuero Díaz se configuraría la circunstancia
agravante de reincidencia, al registrar una sentencia de marzo del
presente año, también por un delito de desacato, y a la vez mantiene
procesos pendientes, específicamente del 29 de julio cuando se le
requirió en procedimiento simplificado por el delito de amenazas no
condicionales en contexto de violencia intrafamiliar, cuya víctima es
también su madre.

En
el mismo contexto, existen otras dos causas pendientes en su contra,
una por infringir el toque de queda y otra por porte de arma cortante, y
registraba cinco órdenes de detención. Se indicó también el nutrido
prontuario condenatorio del individuo.

Falta de lesividad

Por
su parte, el defensor Juan Carlos Rebolledo se opuso a lo solicitado,
arguyendo que no existiría ninguna denuncia efectuada por la víctima
ante eventuales maltratos físicos o psicológicos por parte de Ampuero
Díaz, quien no habría perpetrado delito alguno al estar fuera del
domicilio y que tampoco éste pretendería fugarse para evadir la acción de la justicia.

“Nuestro
mejor argumento para oponernos a la prisión preventiva es la falta de
lesividad de la conducta, ya que se trata simplemente de una situación
formal en que no ha existido riesgo alguno para la denunciante. No
obstante, que se encontraba bajo los efectos del alcohol, ésta no
denunció ningún acto en contra de su persona o de sus
bienes”, expresó el abogado, denominando la petición del ente persecutor como desproporcionada.

Dictamen

Pese
a lo anterior, el juez de Garantía ponderó todos los antecedentes
descritos por el Ministerio Público, optando por el encarcelamiento del
exboxeador, tras lo cual fijó un plazo de 60 días para sustentar la
investigación correspondiente.

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